Esta semana arrancaba la declaración de la Renta 2018 y ya puede acceder a su borrador si lo desea. Recuerde revisar bien todos los datos y posibles y deducciones y tenga en cuenta que para bien o para mal la vivienda, tanto como si es propietario o inquilino, tiene un importante peso en la Declaración de la Renta.
Los inmuebles en propiedad generan una renta imputada del 2% de su valor catastral. Además siguen vigentes en régimen transitorio la deducción por compra y alquiler. Desde Pisos.com han elaborado un decálogo de cuestiones a tener en cuenta siguiendo las recomendaciones de Gestha. Consulte nuestro especial de Renta 2018.
Titularidad de los inmuebles. Desde esta organización recomiendan revisar las imputaciones de rentas inmobiliarias. Al respecto, señalan que se considera que los inmuebles urbanos generan una renta a efectos fiscales del 2% del valor catastral.
Alquileres turísticos. Los técnicos de Gestha aseguran que tampoco hay que olvidar incluir como rendimiento de capital inmobiliario los alquileres turísticos, para lo que se ha de rellenar el modelo específico 179.
Ganancias patrimoniales. Las ayudas para la compra o reforma de una vivienda se perciben como ganancias patrimoniales, defienden desde esta organización. Así, explican que aunque estas suelen venir incorporadas al borrador, es conveniente revisar el documento para evitar una liquidación y su correspondiente sanción.
Deducciones autonómicas. Las ayudas por alquiler de vivienda que conceden las autonomías también pueden representar importantes beneficios fiscales para los contribuyentes, a juicio de Gestha. De ahí que los Técnicos del Ministerio de Hacienda aconsejen a estos dedicar algo de su tiempo a leer sus pormenores según en la Comunidad Autónoma en la que se tributa.
Alquiler de vivienda habitual. La deducción estatal por alquiler de vivienda habitual está vigente para los contratos firmados antes del 1 de enero de 2015. Esta organización aclara que para estos beneficiarios se mantiene la deducción del 10,05% de las cuotas en el periodo impositivo, siempre que la base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales.
Compra de vivienda. La situación anterior también se refleja en el ámbito de la compraventa. Es por ello que, quienes adquirieron un inmueble como vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013 pueden deducirse hasta un 15% de las cantidades invertidas con un límite de 9.040 euros.
Rehabilitación. De igual modo, Gestha subraya que los contribuyentes que hayan realizado algún gasto en obras de rehabilitación, adecuación a personas con discapacidad o ampliación de la vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013 también deben revisar a fondo el borrador, pues estos importes deben quedar incluidos.
Divorcio. En relación a los excónyuges que han dejado la vivienda familiar comprada antes del 1 de enero de 2013 y que siguen pagando el inmueble donde residen los hijos menores, desde Gestha se les anima a incluir la deducción por vivienda habitual en sus declaraciones. De hecho, aclaran que tal deducción es compatible con la de alquiler a la que pueda tener derecho.
Cláusulas suelo. Los Técnicos del Ministerio de Hacienda también hacen hincapié en que el borrador debe incluir las cantidades devueltas procedentes de las cláusulas suelo de las hipotecas, por lo que es necesaria su revisión previa.
Autónomos. Finalmente, en la campaña de este año los autónomos que trabajen en su vivienda también podrán deducirse determinados gastos. De ahí que esta organización les recomiende calcular la parte proporcional que se pueden deducir en relación a los recibos de agua, luz, teléfono e Internet.