
La Campaña de la Renta 2024-2025 llega, como cada año, con novedades para los contribuyentes. Una de ellas tiene que ver con los que decidieron comprar en 2024 algún vehículo eléctrico o instalar un punto de carga.
Es la propia Hacienda la que explica que una de las novedades para la Campaña 2024-2025 es la que hace referencia a la deducción por la adquisición de vehículos eléctricos "enchufables" y de pila de combustible y puntos de recarga. En concreto, la Agencia Tributaria indica que "continúan siendo aplicables" en 2024 las dos deducciones que se incluyeron en la Ley del IRPF y que, en un principio, dejaban de tener validez ese ejercicio.
La disposición adicional quincuagésima octava de esta Ley del IRPF (se puede leer en este enlace): explica que son dos los tipos de deducciones:
Deducción por la adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible nuevos
La deducción es del 15% del valor de adquisición de esos vehículos con una base máxima de 20.000 euros, "incluidos los gastos y tributos inherentes a la adquisición, debiendo descontar aquellas cuantías que, en su caso, hubieran sido subvencionadas o fueran a serlo a través de un programa de ayudas públicas", recoge la ley. Existen dos opciones:
- Que la compra se hubiese realizado hasta el 31 de diciembre de 2024. La ley explica que la deducción se aplicará en el ejercicio en el que tuviese lugar la matriculación del vehículo.
- Que se pagasen cantidades por adelantado de al menos un 25% del valor del vehículo. En este supuesto la deducción se debe hacer en el periodo impositivo en que se hace el pago, siendo obligatorio que el pago del resto y la adquisición del vehículo sea antes de que termine el segundo período impositivo inmediato posterior al del pago.
El texto de la ley recoge un amplio catálogo en el que se explican los diferentes requisitos y categorías a las que deben pertenecer los vehículos para que el contribuyente pueda tener derecho a la deducción.
Deducción para la instalación de puntos de recarga de baterías
En este caso la deducción también es del 15%, aunque con una base máxima de 4.000 euros, "debiendo descontar aquellas cuantías que, en su caso, hubieran sido subvencionadas a través de un programa de ayudas públicas", informa Hacienda.
Es obligatorio que la instalación para la recarga del vehículo no esté afecta a una actividad económica (de lo contrario, se pierde el derecho a la deducción). La deducción solo se puede aplicar en el ejercicio en el que acabase la instalación, así que si comenzó en 2024 pero finalizó en 2025 no se podría aplicar.
En qué casillas del borrador se desgrava la compra del coche eléctrico
Hay que ir al anexo A.2 del borrador de la Renta e ir hasta el apartado 'Deducción por la adquisición de vehículos eléctricos "enchufables" y de pila de combustible y puntos de recarga', a partir de la casilla 1916 y sucesivas.
Eso sí, el importe de la deducción por la compra del vehículo estará en la casilla 607 y el de los puntos de carga en la 608, que se encuentran justo al lado.