
En el apartado de rendimientos de actividades económicas en estimación directa, al igual que en el ejercicio 2020, los contribuyentes pueden trasladar los datos consignados en los libros registro del IRPF de forma agregada, a las correspondientes casillas de este apartado del modelo, informándose al contribuyente de su conservación.
Este traslado está supeditado a que técnicamente el formato de los libros sea el formato de libros registros publicados por la Agencia Tributaria (Aeat) en su sede electrónica.
Quienes desarrollamos actividades empresariales en la modalidad simplificada en estimación directa estamos obligados a la llevanza y conservación de los libros registros de ventas e ingresos; de compras y gastos y de bienes de inversión.
En el caso de que seamos titulares de diversos establecimientos podemos llevar, en cada uno de ellos, sus libros registros, en los que anotamos por separado las operaciones efectuadas de cada uno, siempre que los asientos resúmenes de estos se trasladen a los libros registros generales que deben llevarse en el domicilio fiscal.
Ajuste automático
Así, quienes llevamos libros registro conforme estos modelos, en la modalidad en formato XLS, podemos incorporar su contenido directamente en nuestra declaración.
Para ello, debemos seleccionar la opción de Importar XLS y Renta Web trasladará automáticamente a las casillas correspondientes de la declaración los sumatorios de las distintas partidas de los libros.
El traslado de los importes consignados en los libros registro se efectúa con la finalidad de cumplimentar las casillas del modelo de declaración, sin que ello suponga ni la conservación del contenido de los libros registros ni la aportación de los mismos a la Aeat.
La razón de uniformar el formato de los libros registro se debe al deseo de evitar que los profesionales y pymes requeridas por la Aeat al entregar los libros sin especificaciones concretas para su presentación lo hiciesen con incorrecciones, lo que dilataba la comprobación y el plazo para recibir la devolución.
Diversidad de contribuyentes
La Aeat cuenta con una amplia colección de ejemplos de libros registro tanto del IRPF como del IVA, presentados en formatos XLS y CSV y actualizados en febrero de 2021. Entre ellos, destacan los unificados para IRPF e IVA de Bienes de inversión, de facturas expedidas y de ventas e ingresos de un contribuyente acogido al criterio de caja del IVA con imputación temporal de rendimientos del IRPF con criterio de devengo; el de facturas expedidas (IVA) y ventas e ingresos (IRPF) de un contribuyente minorista en recargo de equivalencia en formato; o el de facturas recibidas y Compras y Gastos de un contribuyente que tiene una prorrata del 80%; entre otros.
Ventas e ingresos
El libro registro de ventas e ingresos sirve para anotar la totalidad de los ingresos derivados del ejercicio de la actividad. Igualmente, deben anotarse las facturas rectificativas.
Compras y gastos
En el libro registro de compras y gastos anotamos la totalidad de los gastos derivados de la actividad. En la misma línea, es obligatorio anotarse las facturas rectificativas.
También, podemos hacer un asiento resumen global de las facturas recibidas en una misma fecha, en el que se hace constar los números inicial y final de las facturas recibidas asignados por el destinatario, siempre que procedan de un solo proveedor.
Además, debe constar la suma global de la base imponible de cada tipo impositivo, la impositiva global, siempre que el importe total conjunto de las operaciones, sin IVA, no exceda de 6.000 euros, y que el importe de las operaciones documentadas en cada una de ellas no supere 500 euros, sin IVA.
Bienes de inversión
En el libro registro de bienes de inversión se registran, debidamente individualizados, los elementos patrimoniales afectos a una actividad empresarial o profesional. Aquí, deberemos reflejar los datos suficientes para identificar de forma precisa las facturas y documentos de aduanas de cada uno de los bienes afectos asentados.
Actividades no mercantiles
Si lo que desarrollamos son actividades empresariales que no tienen carácter mercantil, de acuerdo con el Código de Comercio, estamos obligados a la llevanza y conservación de los libros registro de ventas e ingresos, de compras y gastos y de bienes de inversión.
Estimación directa
Si por el contrario, desarrollamos actividades profesionales por el método de estimación directa, en cualquiera de sus modalidades, estamos obligados a llevar y conservar los libros registro de ingresos; de gastos; de bienes de inversión y de provisión de fondos y suplidos.
Estimación objetiva
Y si lo que declaramos son actividades empresariales por el método de estimación objetiva, estamos obligados a la llevanza y conservación, cuando deduzcan amortizaciones, de bienes de inversión, y si realizamos actividades con rendimiento neto por el volumen de operaciones, hay que llevar un libro registro de ventas e ingresos.
Atribución de rentas
Finalmente, con respecto a las entidades en régimen de atribución de rentas, que desarrollan actividades económicas, están obligadas a llevar unos únicos libros obligatorios sobre la actividad realizada, sin perjuicio de la atribución de rendimientos que corresponda efectuar de sus socios, herederos, comuneros o partícipes.
Subvenciones y ayudas públicas imputadas por cuartas partes
Para la declaración del ejercicio 2021, en cuyo período de liquidación voluntaria nos encontramos, la Agencia Tributaria ha mejorado la forma de consignar en la declaración las subvenciones y ayudas públicas que pueden imputarse por cuartas partes, en el período impositivo en el que se obtienen y en los tres siguientes.
Así, en el caso de las ayudas públicas percibidas como compensación por los defectos estructurales de construcción de la vivienda habitual, ayudas incluidas en el ámbito de los planes estatales para el acceso por primera vez a la vivienda en propiedad, ayudas públicas a los titulares de bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español y las ayudas públicas para la primera instalación de jóvenes agricultores, que se imputen por cuartas partes, Renta Web informará de las cantidades pendientes de imputar en los próximos períodos impositivos.
De esta forma, en los ejercicios siguientes la Agencia Tributaria nos informará al facilitar los datos fiscales de las ganancias pendientes de imputar, lo que evitará posibles errores.
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