
La declaración de la Renta se entiende como una obligación individual de los contribuyentes con Hacienda, una forma de ponerse al día con las cantidades pagadas en concepto de Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas (IRPF). Sin embargo, cuando dicho contribuyente forma parte de una unidad familiar se abre otro abanico de posibilidades para presentar la declaración.
La razón es que para estas personas puede existir la posibilidad de acogerse a la tributación conjunta, por la que todos los rendimientos de la unidad familiar se juntan y se tributan a la vez y que ofrece diferentes reducciones en la base imponible:
-De 3.400 euros en el caso de matrimonios no separados legalmente.
-De 2.150 euros en el caso de unidades familiares formadas por uno de los dos cónyuges y los hijos contemplados en la ley.
Aunque la tributación conjunta ofrece esa reducción en la base imponible del contribuyente, a las rentas de esa unidad familiar se le aplican los mismos tramos de IRPF en la tributación individual y, salvo excepciones, no supone la ampliación de los límites en las partidas deducibles.
En el momento de rellenar el borrador de la Renta, el contribuyente ha de prestar atención a los datos sobre su unidad familiar, que deben contener toda la información de manera correcta, sin errores u omisiones. En el apartado 'Resumen de declaraciones', si todos los datos están bien, se le desglosarán esos resultados conforme al tipo de modalidad de tributación que puede hacer.
Después, el siguiente paso es acudir a la casilla 461, la que refleja la "reducción para unidades familiares que opten por la tributación conjunta". El importe que aparezca aquí también debe aparecer en la casilla 491, dentro del catálogo de reducciones de la base imponible general.
En el caso de estar todo en orden, es decir, los datos familiares bien rellenados y el importe de la reducción por tributación conjunta bien reflejado, el contribuyente puede irse a 'Resumen de declaraciones' y hacer clic en el 'Presentar declaración' que esté situado debajo de la pción de tributación conjunta.
Requisitos para hacer la declaración de la Renta de forma conjunta
Para poder optar por la tributación conjunta todos los miembros de la unidad familiar deben ser contribuyentes por el IRPF y, además, se han de dar otras circunstancias:
-Que el contribuyente forme parte de un matrimonio no separado legalmente.
-Si los hijos forman parte de la unidad familiar han de ser menores de edad (salvo que, con el consentimiento de sus padres, vivan solos) o mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.
-En el caso de las parejas de hecho solo uno de los dos progenitores podrá optar por la tributación conjunta con los hijos: el otro tendrá qu ehacer la declaración de forma individual.
-En separaciones o divorcios, solo podrá acogerse a la tributación conjunta con los hijos "quien tenga atribuida la guarda y custodia de los hijos a la fecha de devengo del IRPF", aunque en el caso de custodias compartidas podrá hacerlo uno u otro progenitor.