
La pandemia de coronavirus ha modificado el panorama laboral, ya que una parte importante de los trabajadores ha estado en régimen de teletrabajo a lo largo de 2020 (y 2021). Esto tiene consecuencias a todos los niveles, incluido el tributario. Porque puede llegar a afectar a la declaración de la Renta.
Uno de los casos concretos es el de los cheques restaurante, cuyo uso para las personas que teletrabajan parece más complicado...a no ser que pidan comida a domicilio o, como mucho, para recoger en un local y consumir en casa. La cuantía de estos cheques está exenta y, por lo tanto, reduce la base imponible a tener en cuenta en la declaración.
Por esta razón, una de las novedades de la Campaña de la Renta de este año ha sido ampliar el ámbito de uso de los cheques restaurante a esas situaciones más compatibles con el trabajo a distancia. De acuerdo con la Agencia Tributaria, "esta exención será aplicable con independencia de que el servicio se preste en el propio local del establecimiento de hostelería o fuera de éste, previa recogida por el empleado o mediante su entrega en su centro de trabajo o en el lugar elegido por aquel para desarrollar su trabajo en los días en que este se realice a distancia o mediante teletrabajo".
Así pues, el uso de estos cheques que se usen en horario de trabajo pero lejos del lugar de trabajo también estará contabilizado como renta exenta y formará parte del resto de casos que contempla la normativa que permite restarlos de la base imponible.
Según explica Hacienda, entre los rendimientos del trabajo en especie exentos se encuentran los "productos a precios rebajados que se realicen en comedores de empresa, cantinas o economatos de carácter social". En esta categoría entran los cheques restaurante, que han de tener un valor máximo exento de 11 euros por día (si excede esta cantidad, no estará exenta.
Siguiendo las normas de la Agencia Tributaria, esta cantidad solo se abona por días hábiles, por lo que la cantidad exenta al mes será de en torno a 220 euros y más de 2.600 euros en todo el año.
Además, han de estar registrados y contabilizados por la empresa, que no podrá reembolsar el importe si no se usan. Los cheques son intransmisibles y la cuantía no consumida en un día no puede acumularse a otro día diferente.