Cataluña

La Fiscalía aprecia un tercer grado encubierto para los presos del 'procés'

  • El Ministerio Público cuestiona el disfrute del artículo 100.2 del régimen penitenciario
  • Entre semana, los independentistas acusados realizan tareas laborales y de voluntariado
  • El Gobierno retrasa la reforma del Código Penal y la revisión de los delitos de sedición y rebelión
La expresidenta del Parlamento catalán, Carme Forcadell, acudiendo a sus tareas de voluntariado. EFE
Barcelona

La Fiscalía ha enviado un escrito al Tribunal Supremo en el que solicita la revisión de la aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario a los presos políticos encausados por el 1-O porque la flexibilidad que incorpora este apartado a los permisos penitenciarios busca alterar la decisión condenatoria de la sentencia y su efectivo cumplimiento"

Por ello, la Fiscalía advierte al tribunal que preside Manuel Marchena que estas circunstancias permiten inferir una política penitenciaria dirigida no tanto a su rehabilitación sino directamente al objetivo de alterar la decisión condenatoria de la sentencia y su efectivo cumplimiento. Los nueves presos independentistas están condenados a penas de entre 9 y 13 años y, los que más, han cumplido ya dos años y medio de reclusión.

Las advertencias de la Fiscalía se han ido sucediendo a medida que los condenados han ido sumando permisos con una progresión acelerada. La semana pasada, las juntas de tratamiento de las cárceles de Lledoners, Wad-Ras y Puig de les Basses propusieron, por unanimidad, concederles el tercer grado, con lo que en principio solo tendrían que acudir al centro penitenciario a dormir entre semana. A pesar de que no cumplido en algunos casos ni la cuarta parte de la pena impuesta. En su informe, la Fiscalía añade que "el margen de discrecionalidad administrativa que implica el principio de flexibilidad en su regulación actual es patente, y puede convertirse en un peligroso cauce para eludir el cumplimiento de las decisiones judiciales".

La demanda fiscal responde a la petición realizada por la Sala de lo Penal del Supremo, que la semana pasada solicitó al Ministerio Público que se postulara antes de estudiar el recurso que le fue remitido por el titular del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Lleida contra la aplicación del artículo 100.2 del Régimen Penitenciario a la expresidenta del Parlament Carme Forcadell, condenada por sedición.

Un delito del que, junto al de rebelión, debía ocuparse el Gobierno antes de que este verano, como había apuntado en febrero pasado la vicepresidenta primera, Carmen Calvo, dentro de una reforma más amplia del Código Penal. En aquel momento, una medida de este calado hubiese sido decisiva para obtener el apoyo de ERC y también la estabilidad de la coalición progresista entre el PSOE y Unidas Podemos.

Reforma sin calendario

No obstante, el ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, reconoció este martes que el Gobierno no tiene de momento fecha para presentar una reforma del Código Penal y actualizar las figuras penales de la rebelión y la sedición. Fuentes gubernamentales, consultadas por Europa Press, reconocieron que no cuentan siquiera con que esta refor

Dicho de otra forma, con su uso las instituciones penitenciarias catalanas, dependientes de la consejería de Justicia, han concedido un tercer grado "encubierto" a los nueve políticos y dirigentes independentistas acusados de rebelión por la celebración del referéndum y los acontecimientos posteriores para la declaración unilateral de independencia en Cataluña en 2017.

El Ministerio Público alude al "goteo cronológicamente medido" de este tipo de decisiones de semilibertad adoptadas por las instituciones penitenciarias con respecto a todos los condenados desde el 13 de febrero al 5 de marzo pasado. Los acusados gracias a un segundo grado, flexibilizado con el artículo 100.2, salen a trabajar y hacer tareas de voluntariado de lunes a viernes, unas labores que nada tienen que ver con el propósito de su rehabilitación, ya que están muy vinculadas a sus ocupaciones anteriores.

"La decisión busca alterar la decisión condenatoria de la sentencia y su efectivo cumplimiento"

Por ello, la Fiscalía advierte al tribunal que preside Manuel Marchena que estas circunstancias permiten inferir una política penitenciaria dirigida no tanto a su rehabilitación sino directamente al objetivo de alterar la decisión condenatoria de la sentencia y su efectivo cumplimiento. Los nueves presos independentistas están condenados a penas de entre 9 y 13 años y, los que más, han cumplido ya dos años y medio de reclusión.

Las advertencias de la Fiscalía se han ido sucediendo a medida que los condenados han ido sumando permisos con una progresión acelerada. La semana pasada, las juntas de tratamiento de las cárceles de Lledoners, Wad-Ras y Puig de les Basses propusieron, por unanimidad, concederles el tercer grado, con lo que en principio solo tendrían que acudir al centro penitenciario a dormir entre semana. A pesar de que no cumplido en algunos casos ni la cuarta parte de la pena impuesta. En su informe, la Fiscalía añade que "el margen de discrecionalidad administrativa que implica el principio de flexibilidad en su regulación actual es patente, y puede convertirse en un peligroso cauce para eludir el cumplimiento de las decisiones judiciales".

La demanda fiscal responde a la petición realizada por la Sala de lo Penal del Supremo, que la semana pasada solicitó al Ministerio Público que se postulara antes de estudiar el recurso que le fue remitido por el titular del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Lleida contra la aplicación del artículo 100.2 del Régimen Penitenciario a la expresidenta del Parlament Carme Forcadell, condenada por sedición.

Un delito del que, junto al de rebelión, debía ocuparse el Gobierno antes de que este verano, como había apuntado en febrero pasado la vicepresidenta primera, Carmen Calvo, dentro de una reforma más amplia del Código Penal. En aquel momento, una medida de este calado hubiese sido decisiva para obtener el apoyo de ERC y también la estabilidad de la coalición progresista entre el PSOE y Unidas Podemos.

Reforma sin calendario

No obstante, el ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, reconoció este martes que el Gobierno no tiene de momento fecha para presentar una reforma del Código Penal y actualizar las figuras penales de la rebelión y la sedición. Fuentes gubernamentales, consultadas por Europa Press, reconocieron que no cuentan siquiera con que esta reforma se plantee en 2020, ya que la prioridad pasa ahora por afrontar la reconstrucción del país tras la pandemia del coronavirus. Y porque una reforma de ese calado requiere de un trabajo sosegado, y previo acuerdo político entre las fuerzas sobre la necesidad de llevarla a cabo.

Un acuerdo político que, en primera instancia debería contar con el beneplácito Unidas Podemos, el partido del vicepresidente Pablo Iglesias, que defiende derogar los dos delitos. Alguno de sus dirigentes, como Jaume Asens portavoz en el Congreso, ha admitido que el objetivo que se persigue con la reforma del Código Penal es la libertad de los presos políticos.

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Comentarios 2

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El NO titular de la NOticia
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Eso no es noticia.

La noticia sería que hace algo para evitar la prevaricación, no?

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#1
pep
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¡¡¡ Encubierto...!!!

Pero si el primero que lo está promoviendo es el viceministro Pablo desde el propio gobierno (eso sí, a 14 mil euros/mes).

Pronto la misma abogacía del estado y después la propia fiscalía harán lo propio, por la cuenta que les trae con el ínclito como jefe supremo de este soviet.

Puntuación 1
#2