Castilla y León

CEOE Castilla y León se suma a la ofensiva empresarial contra el Impuesto de Patrimonio

  • Aparicio: "Es necesaria la eliminación de un impuesto que está frenando la inversión"
Santiago Aparicio, presidente de CEOE Castilla y León
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El presidente de CEOE Castilla y León, Santiago Aparicio, ha suscrito el escrito que la patronal nacional y la catalana han entregado hoy al Defensor del Pueblo, Francisco Fernández Marugán, para instarle a que interponga un recurso de inconstitucionalidad contra la subida del Impuesto del Patrimonio.

A su llegada a la reunión, el presidente de CEOE, Antonio Garamendi ha subrayado que "el Impuesto de Patrimonio grava el ahorro, algo que ya ha pagado impuestos", y ha recordado que "en la UE es curioso que el único país que tenga este impuesto sea España". Por su parte, Josep Sánchez-Llibre ha calificado el impuesto como "confiscatorio, injusto y atenta contra la libertad y la propiedad privada de los contribuyentes españoles", al tiempo que ha recalcado también que "solamente existe en España".

En la reunión, se ha hecho entrega de un escrito al Defensor del Pueblo que ha sido suscrito por los presidentes de las organizaciones territoriales de ámbito autonómico de CEOE y avalado por la Junta Directiva de la Confederación.

Según Santiago Aparicio, "es necesario, más en estos momentos de crisis, la eliminación de un impuesto que está penalizando a los ciudadanos de Castilla y León y frenando la inversión empresarial y, por tanto, la creación de empleo. En un momento de ciclo económico en fase de desaceleración, CEOE Castilla y León considera que es urgente que exista una armonización fiscal, para evitar que se agudice la deslocalización de empresas".

Desde CEOE, junto con CEOE Castilla y León, se viene reclamando un debate en profundidad sobre el sistema fiscal español con la finalidad de que sirva para incentivar el desarrollo económico a través de una fiscalidad competitiva para las empresas españolas y para las familias. Esto es, para lograr que el sistema impositivo sea una palanca para la creación de riqueza, de empleo y, en consecuencia, para la generación de mayores ingresos públicos.

Sin embargo, lejos de este enfoque, en el actual entorno de tipos de interés 0 o negativos, rendimientos patrimoniales reales moderados o de pérdidas significativas provocadas por la crisis del COVID-19, un tipo marginal máximo del Impuesto sobre el Patrimonio –tributo que además no existe en ningún otro país de la UE- del 3,5% es distorsionante y confiscatorio y, por tanto, inconstitucional.

Según la reciente jurisprudencia del Tribunal Constitucional, así se entiende cuando un impuesto somete a tributación manifestaciones irreales, ficticias o inexistentes de capacidad económica o bien cuando con su gravamen agota la riqueza imponible, es decir, hace falta liquidar la riqueza para pagar el impuesto.

En efecto, en muchos casos, el contribuyente tendrá que liquidar su patrimonio –incluso a un valor de mercado inferior al tasado a efectos tributarios- para poder pagar el Impuesto sobre el Patrimonio, de acuerdo con el artículo de la Ley de PGE que se pretende recurrir.

En el momento actual, el rendimiento que generará un patrimonio sujeto está razonablemente por debajo del tipo impositivo, debiendo añadirse, además, que cualquier rendimiento de este patrimonio ya habrá tributado previamente por IRPF.

Por ello, se considera que en este caso existe un supuesto de inconstitucionalidad que penaliza el ahorro, la inversión, la productividad y el crecimiento económico.

Es por eso por lo que las organizaciones empresariales de toda España han pedido amparo del Defensor del Pueblo en el marco de las actuaciones que tiene esta importante figura como encargado de defender nuestros derechos, velando, en este caso en particular, por la justicia del sistema tributario.

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