
La obligatoriedad del seguro para mascotas en España va tomando fuerza. Tras casi dos años desde la aprobación de la ley de bienestar animal, esta nunca se llegó a aplicar porque no se había aprobado su reglamento. Pero ahora parece volver a moverse, y el proyecto de real decreto se encuentra ahora mismo en la fase de aportaciones en el proceso de audiencia e información pública.
En el documento, que depende del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, establece dos principales novedades. La primera de ellas es la ya sonada obligatoriedad del seguro de responsabilidad civil para la protección a terceros, con una cobertura mínima de 100.000 euros.
Esto cambia si el perro es considerado potencialmente peligroso. Para éstos ya era obligatorio disponer de este producto asegurador, aunque el mínimo de cobertura estaba en 120.000 euros. Ahora, con este proyecto, se establece que el límite inferior sea de 150.000 euros.
Asimismo, los titulares de la mascota deberán contratar este seguro antes de que transcurran 48 horas desde la inscripción del perro en el registro correspondiente.
Este producto deberá proteger a terceros no solo cuando está su titular al cargo, sino también por "aquellas personas responsables según la definición contenida en el artículo 3.bb de la ley de bienestar animal". Es decir, que deberá incluir también a personas que, sin ser titulares, se encuentren de forma circunstancial o permanente, al cuidado, guarda o custodia del animal, por lo que con figuras como los paseadores o cuidadores también deberá responder.
Precisamente para estas figuras, así como criadores o centros de adiestramiento, se podrá incluir la cobertura del seguro obligatorio para su actividad profesional, sin necesidad de contratar un seguro aparte.
Otro de los avances es que los seguros de hogar que incluyan dentro la garantía de RC de daños a terceros también serán válidos, siempre y cuando cumpla con los mismos requisitos que el aseguramiento de mascotas como producto en sí.
Muchas de las aseguradoras ya desplegaron, con el inicio de la ley, este producto dentro de su gama de aseguramiento. Sin embargo, según fuentes del mercado, la penetración apenas alcanza el 3% debido a su falta de obligatoriedad. Muchos otros lo incluyen dentro del seguro de hogar.
Sin un plazo concreto
El proceso de audiencia e información pública estará abierto hasta el próximo 16 de julio, pero de ahí a su aprobación hay un gran trecho. En función de si las correcciones que recibe son más o menos severa, se podría dilatar el plazo para que llegue posteriormente al Consejo de Estado, que tendrá que emitir un informe y posteriormente se tiene que someter a aprobación en el Consejo de Ministros.
Todo ello con el verano de por medio y con los otros muchos asuntos que tiene el Gobierno actual abierto, con el reciente estallido de la trama Koldo, puede hacer que se retrase más de lo debido. Asimismo, no entraría en vigor hasta seis meses después de su publicación en el BOE, por lo que la fecha real de su aplicación es una incógnita.
Entre otros factores importantes del proyecto de real decreto, se concreta uno de los aspectos más controvertidos de la ley, como la obligatoriedad de un curso para ser dueño de animales domésticos. El Ejecutivo finalmente ha optado por formaciones gratuitas, desarrollando una web desde la cual se impartirá la lección, de al menos cuatro horas, y se tendrá que aprobar un cuestionario final tipo test.
Dentro de este reglamento, también se detalla la forma de registrar a la mascota y toda la información que se debe incluir, como el código de identificación, la colegiación del veterinario, el pasaporte identificativo del animal, fecha de nacimiento, especie y raza, historial de agresiones (si tiene) y vacunaciones y desparasitaciones entre otros.