Banca y finanzas

Competencia multa con 108.000 euros a Mémora, la funeraria propiedad de Catalana Occidente

Tanatorio de Mémora en Majadahonda.

La Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC) ha finalizado el expediente sancionador que el organismo inició el pasado mes de enero contra Mémora, la empresa funeraria propiedad de Grupo Catalana Occidente (GCO). Finalmente, Competencia impondrá una multa de 108.000 euros a la compañía.

Esto se debe a que Mémora incumplió las condiciones impuestas por la CNMC cuando hizo dos adquisiciones en 2021: la compra de las funerarias de Rekalde e Irache (en Guipúzcoa y Navarra respectivamente). Estos hechos son previos a la compra de GCO, que fue en 2022.

Competencia exigió a Mémora compromisos en ambas provincias, ya que en la primera la funeraria pasaba a tener "una posición de monopolio en el mercado mayorista". De igual forma en Navarra, ya que la compra de Irache significó que adquiría la única empresa presente en el mercado mayorista de tanatorios en 15 municipios. También tendría el único crematorio en dos localidades y poseería la gestión del cementerio en una de ellas.

Con ambas compras, Mémora pasó a gestionar las instalaciones de 47 localidades en Navarra donde no prestaba actividad y de otras cinco en Guipúzcoa. La alta concentración de mercado en algunas localidades hizo que Mémora presentara un informe con compromisos que llevaría a cabo el grupo para que la situación competitiva de esa geografía no se viera afectada.

En concreto, en San Sebastián desinvertiría en los tanatorios de Benta Berri y Trintxerpe para tener una cuota de mercado similar a la que tenía Rekalde en el momento de la compra. En el caso de Zarauz y en el área de Santesteban y de Elizondo, Mémora se comprometió a desinvertir en un tanatorio en cada caso, no cumpliendo en el primero.

Reconocimiento y pago temprano

Ante esto, la compañía ha reconocido que incumplió los compromisos de Competencia y ha pagado por anticipado la multa correspondiente. La CNMC lo sancionó como "infracción muy grave", que según la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia, esta multa podía ascender al 10% del volumen de negocios total de la funeraria, o bien 10 millones de euros.

Finalmente se ha acogido al artículo 85.3 de la Ley 29/2015, del procedimiento administrativo de las Administraciones Públicas, por el que ha recortado el importe de la sanción un 40%. Asimismo, Competencia da por cerrado el expediente sancionador.

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