
Los bancos tendrán que ofrecer a sus clientes servicios de transferencias instantáneas como Bizum. Así se zanjó en la noche del miércoles tras un acuerdo entre los negociadores del Consejo de la UE y de la Eurocámara, por el cual las entidades bancarias deben proporcionar servicios de pago al instante, que estén operativos en toda la Unión Europea, también entre diferentes países, y bajo las mismas condiciones que las transferencias bancarias.
El acuerdo, que debe ahora recibir el visto bueno de los Veintisiete y del Parlamento Europeo, permitirá que los clientes tengan acceso a transferencias de dinero en cuestión de segundos en cualquier momento del día, también fuera del horario laboral. Y permitirá que tales transferencias se efectúen entre diferentes países de la UE.
El acuerdo provisional establece que los bancos y otros proveedores de servicios de pago tendrán que ofrecer a sus clientes la posibilidad de enviar y recibir pagos instantáneos en euros sin coste adicional a una transferencia normal. Es decir, los cargos que se apliquen a los pagos instantáneos deberán ser similares a los cargos que se apliquen a las transferencias de crédito.
Los plazos que plantea el acuerdo son 9 meses para que se pueda iniciar el envío de transferencias para las entidades de la zona euro, casi tres años para los países que no formen parte del club del euro.
El objetivo de la regulación es aumentar el uso de transferencias instantáneas en euros y facilitar el acceso de estos servicios a los consumidores y las empresas de la UE para que los pagos instantáneos estén disponibles de forma universal y no se concentren únicamente en manos de proveedores de fuera del bloque comunitario.
La norma contempla un periodo de transición para que los bancos se adapten a la nueva regulación, que será más largo para las entidades en países que no formen parte del euro. Además, los bancos serán responsables de verificar que el beneficiario del IBAN y el nombre del destinatario coinciden para evitar posibles errores o fraude en las transacciones. Un requisito que se aplicará también a las transferencias normales.
El Consejo de la UE y el Parlamento han convenido, además, que debe incluirse una cláusula por la que la Comisión debe presentar un informe que contenga una evaluación de las comisiones aplicadas.
La UE ha pactado también dar acceso a las entidades de pago y de dinero electrónico a estos sistemas de pago. Como resultado, estas entidades deberán ofrecer el servicio de envío y recepción de transferencias instantáneas, tras un periodo transitorio.