
El Gobierno ha modificado las cuantías máximas para acceder a las cuentas de pago básicas que debe proveer la banca a los más vulnerables. En concreto, tal y como se recoge en el último Real Decreto aprobado para paliar las consecuencias económicas de la Guerra de Ucrania, el Ejecutivo ha decidido elevar el umbral de renta que se aplica a aquellas personas no integradas en una unidad familiar para considerarlas de especial vulnerabilidad o en riesgo de exclusión financiera pasando de dos a tres veces el IPREM.
Esto significa que, teniendo en cuenta los límites de este indicador para el año 2023, la banca deberá proveer de este tipo de cuentas a aquellos que no formen parte de una unidad familiar y que cobren menos de 21.600 euros brutos anuales, cifra que hasta ahora se situaba en los 13.896,48 -el IPREM anual de 2022 era de 6.948,24 euros-.
Las cuentas de pago básicas son un tipo de productos que responden a la necesidad de promover la inclusión financiera en la Unión Europea, facilitando el acceso de los consumidores a los servicios bancarios básicos. Los bancos se encuentran obligados a ofrecer este tipo de cuentas sin condicionar su contratación a la suscripción de otros servicios y a darlas a conocer e informar sobre sus características. Estas cuentas deben permitir, al menos, el depósito de fondos, la retirada de dinero en efectivo y las operaciones de pago en la Unión Europea. Entre estas últimas se encuentran la domiciliación de recibos, las operaciones de pago mediante una tarjeta de débito o prepago, incluidos pagos online y transferencias. La orden en la que se desarrolló el Real Decreto Ley que lanzó esta propuesta determina que la comisión máxima, única y conjunta que la entidad podrá cobrar al cliente titular de una cuenta de pago básica será de tres euros al mes hasta un máximo de 120 operaciones cada año.
Con este movimiento, el Ejecutivo pretende facilitar el acceso de las personas no integradas en una unidad familiar a la gratuidad de las cuentas de pago básicas.
Mantiene el resto de umbrales
El resto de umbrales de renta que se establecen para la solicitud de estas cuentas se mantienen. Así, para personas integradas en algunas unidades familiares con menos de cuatro miembros, el máximo se establece en tres veces y media. En el caso de cuatro o más miembros o que tengan reconocida su condición de familia numerosa, el máximo será de cuatro veces el IPREM y esta cuantía se mantiene en esta misma cifra cuando se trate de unidades familiares que tengan una persona con grado de discapacidad igual o superior al 33%.
El salario más frecuente: 18.480 euros
Esta medida del Gobierno toma especial relevancia si se tiene en cuenta que, a nivel general, la encuesta del Instituto Nacional de Estadística (INE) destaca que el salario más frecuente en España es de 18.480,19 euros anuales, percibido por más de medio millón de asalariados. Pese a que para acceder a este tipo de cuentas los requisitos van más allá de la renta que se percibe -también se incluye que no existan propiedades a nombre del solicitante, por ejemplo-, la apertura del umbral de ingresos abre la posibilidad de que lleguen a miles de personas.