El Tribunal Supremo ha determinado que en las hipotecas ligadas al Índice de Referencia de los Préstamos Hipotecarios (IRPH) analizadas existe falta de transparencia por no haberse informado de la evolución del mismo, pero no abusividad.La Sala Primera del Alto Tribunal se ha pronunciado en el Pleno convocado este miércoles, si bien esta deliberación corresponde a cuatro recursos de casación concretos en relación con la cláusula de interés variable del IRPH. El quinto recurso sobre IRPH que debía tratar en este mismo Pleno aún no se ha resuelto, porque presenta perfiles diferentes al versar sobre una vivienda de protección oficial.
Desde el comparador financiero HelpMyCash.com han puesto en marcha una calculadora para saber cuánto han pagado de más los afectados. De media, para una hipoteca de 150.000 a 25 años con un interés de IRPH más 0,25% y firmada en 2010, el comparador estima que cada cliente podría reclamar la devolución de unos 18.000 euros en el primer escenario, de unos 22.000 en el segundo y de unos 25.000 en el tercero.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ya aclaró el pasado 3 de marzo que este índice puede declararse abusivo si se incluyó en el contrato sin transparencia (sin dar suficiente información al cliente). Sin embargo, los juzgados españoles no han aplicado esta máxima de una manera uniforme: varios han anulado esta referencia y otros tantos han decidido mantenerla en casos prácticamente idénticos.
Así, al resolver los recursos que han llegado hasta sus manos, nuestro Alto Tribunal sentará jurisprudencia y establecerá, de una vez por todas, cuáles son los criterios que deben seguir los jueces para decidir si el uso del IRPH es abusivo o no. Desde el comparador recuerdan que es la segunda vez que el Supremo tiene que pronunciarse sobre la aplicación de esta referencia. En noviembre de 2017, este tribunal sentenció que su uso se presuponía transparente por tratarse de un índice oficial.
La justicia europea, sin embargo, invalidó de facto este fallo al determinar el 3 de marzo de 2020 que el IRPH sí está sujeto a un control de transparencia y que, en caso de no superarlo, sí puede ser declarado abusivo.