La transformación de ese puesto de trabajo dio lugar a la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del Centro sin contar con la preceptiva negociación con la representación de los trabajadores y trabajadoras y, en lo particular, supuso la conversión de aquel contrato a fijo indefinido. Esta forma de actuar contraviene lo articulado tanto en la normativa laboral como administrativa, aplicando una política de hechos consumados que enmascara un procedimiento irregular desde su inicio y sin someterse a la legalidad vigente