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El árbol de mi vecino está creciendo hacia mi propiedad, ¿puedo cortarle las ramas sin que me denuncie? Esto es lo que dice un abogado

Vecinos discutiendo | Foto: iStock

Vivir en sociedad implica, inevitablemente, tener vecinos. Aunque lo ideal sería mantener una convivencia saludable para ambas partes, lo cierto es que en múltiples ocasiones no estamos de acuerdo con determinadas prácticas, sobre todo cuando afectan a nuestra propiedad. Es el caso de los árboles cuyas hojas crecen por encima de nuestro terreno, pero que están plantados en casa del vecino.

Cuando las hojas caen, llenan nuestra vivienda de suciedad, tapan el sol y es realmente molesto. Es entonces cuando nos preguntamos qué podemos hacer, si existe alguna normativa que nos permita cortar las ramas o advertir al vecino sobre su plantación. Y sí, el Código Civil regula estas prácticas.

Lo que dice el Código Civil

Es lo que explica un abogado en la cuenta de TikTok @legalmente.rrss: "Mi vecino tiene un árbol plantado muy cerca de la valla que delimita mi propiedad y esto hace que me quite la luz y me caigan hojas y suciedad sobre mi parcela". Con la ley en la mano, y según recoge el artículo 591 del Código Civil, no se pueden plantar árboles a menos de dos metros de la propiedad vecina, por lo que si está más cerca podemos solicitar que lo arranquen, preferiblemente por vía judicial.

Asimismo, podremos pedir que se corten todas aquellas ramas que pasen por encima de nuestra propiedad, tal y como recoge el artículo 592 del Código Civil:

  • "Si las ramas de algunos árboles se extendieren sobre una heredad, jardines o patios vecinos, tendrá el dueño de éstos derecho a reclamar que se corten en cuanto se extiendan sobre su propiedad, y si fueren las raíces de los árboles vecinos las que se extendiesen en suelo de otro, el dueño del suelo en que se introduzcan podrá cortarlas por sí mismo dentro de su heredad"

Por lo tanto se entiende que nosotros, como propietarios, podemos pedir que se talen todas aquellas ramas que pasen por encima de nuestra casa. En caso de que lo que nos moleste sean las raíces del árbol, "podrás cortarlas tú mismo", señala el abogado.

¿Y si cae fruta?

Ahora imagina que lo que caen son frutos, como mandarinas. En ese caso no hay ninguna normativa que contemple qué hacer con ellos. No obstante, se entiende aplicable por extensión el artículo 354 del Código Civil, que dice que los frutos pertenecen al propietario aunque caigan en nuestro terreno.

Lo más recomendable es mantener una comunicación cordial con el vecino para llegar a un acuerdo mutuo antes de tomar acciones legales, dándole primero la oportunidad de actuar. Si cortas las ramas sin su permiso podría denunciarte por daños a la propiedad privada, ya que incurriríamos en un delito de responsabilidad civil si el árbol sufriera daños.

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