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Los colegios de Madrid no podrán solicitar la jornada continua a partir del próximo curso

Aula vacía de un colegio de Madrid. Foto: Europa Press.

La Comunidad de Madrid establecerá la jornada partida como norma general en los colegios públicos de Infantil y Primaria, Educación Especial y los públicos autorizados a impartir Enseñanza Secundaria Obligatoria desde el curso 2025/26. De este modo, aquellos centros con jornada partida que quieran solicitar el cambio para el próximo año no podrán hacerlo, aunque sí podrán mantener la modalidad continua si ya la tienen implantada.

El Consejo de Gobierno conoció este miércoles un informe sobre los principales puntos del proyecto de decreto que ultima su aprobación para regular la jornada escolar, un documento que ya ha superado la fase de consulta pública y que llegará próximamente al Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid.

El Gobierno de Isabel Díaz Ayuso está impulsando este cambio a la jornada partida en su educación pública para incrementar la capacidad de elección de las familias madrileñas, facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar, mejorar el rendimiento de los alumnos -con edades de 3 a 12 años- y permitir que los horarios escolares se adapten a las necesidades actuales.

El texto del decreto cuenta con dos partes diferenciadas. La primera de ellas establece la organización del horario en estos centros, que por norma general se desarrollará en dos sesiones de mañana y tarde con un intervalo entre ambas de dos horas y la posibilidad de realizar jornada continuada en los meses de septiembre y junio.

A modo de excepción, la nueva norma establece que, aquellos centros que ya impartan su actividad docente en horario continuado, podrán seguir manteniéndola o solicitar el cambio a jornada partida si lo creen oportuno.

Se simplifica el cambio a jornada partida

La segunda parte del futuro decreto regula el procedimiento para que estos colegios públicos de la región, si así lo desean, puedan tramitar y aprobar el cambio de su jornada escolar al horario partido. Esta actuación se facilitará y simplificará para que las familias y comunidades educativas que lo estimen puedan activarlo.

De este modo, para poner en marcha el proceso de cambio tendrá que solicitarlo al menos un tercio de los miembros del Consejo Escolar del centro, formado por los padres de alumnos, profesores, personal de administración y servicios y representantes municipales. Actualmente se requiere que esa petición la planteen dos tercios de los miembros del Consejo, con mayoría absoluta de los representantes de padres y profesores.

El procedimiento de votación de las familias sigue permitiendo el presencial, por correo y telemático, pero se establece que para que sea válida únicamente será necesario que la mayoría de los emitidos sean favorables. Desaparecerá así la actual exigencia de que lo emitan al menos dos tercios del censo electoral del centro.

Cero pantallas en las aulas

También para el próximo curso, la Comunidad de Madrid eliminará de sus colegios el uso individual de dispositivos digitales en alumnos de Educación Infantil y Primaria. El Ejecutivo de Isabel Díaz Ayuso está ultimando un nuevo Decreto para regular y limitar su utilización en los 2.000 centros educativos públicos que cuentan con más de medio millón de estudiantes. Los profesores tampoco podrán mandar deberes virtuales.

La nueva normativa garantizará la adquisición de las competencias digitales recogidas en los currículos educativos de las diferentes etapas, pero a la vez establecerán las limitaciones necesarias para "reducir los riesgos derivados del uso temprano, intensivo o inadecuado" de las tecnologías de la información, según informó el Gobierno regional.

La ley establecerá que los alumnos de Infantil y Primaria no podrán trabajar de forma individual con dispositivos digitales, y sus maestros tampoco podrán programar la realización de deberes u otras tareas académicas en las que tengan que utilizar tablets, ordenadores, móviles o similares fuera del horario escolar.

En cuanto al uso compartido entre dos o más alumnos, se permitirá siempre con una finalidad pedagógica, bajo la supervisión de los docentes y con limitaciones de tiempo en función de las edades y etapas.

Así, en el segundo ciclo de Educación Infantil (niños de 3 a 6 años) y en los dos primeros cursos de Primaria, este manejo compartido estará restringido a una hora semanal. Por su parte, los alumnos de 3º y 4º de Primaria tendrán una hora y media para su empleo conjunto durante la semana, mientras que los de 5º y 6º podrán usarlas con estas condiciones un máximo de dos horas semanales. Los más pequeños del primer ciclo de Infantil (0-3 años) no tendrán contacto con estos dispositivos.

En cuanto a la etapa de Educación Secundaria Obligatoria (ESO), serán los propios colegios e institutos que la imparten los que delimiten el uso individual o compartido de tablets, ordenadores y demás según las características de las enseñanzas, la edad y el grado de madurez de sus alumnos.

Aquellos centros educativos que actualmente tengan ya implantado un programa docente que incluya un dispositivo individual por alumno, tendrán una moratoria con un plazo de un año -hasta el 31 de agosto de 2026-, para adaptarse a la normativa.

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