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La Agencia Tributaria resuelve la duda de la Lotería de Navidad 2024: ¿Se pagan impuestos si el décimo y el premio es compartido?

Décimos de Lotería de Navidad 2024. / Foto: EP

Este domingo 22 de diciembre de 2024 es el sorteo de la Lotería de Navidad 2024, momento en el que todos los participantes con sus décimos estarán a la espera de que vayan saliendo todos los premios del bombo pequeño del Teatro Real, con ilusión de conseguir una cantidad de dinero en estas fechas navideñas en caso de que la suerte les sonría.

Sin embargo, junto con esta ilusión surgen las dudas en referencia al sorteo, su realización, el cobro de los premios o las retenciones por parte de la Agencia Tributaria porque, para quien no lo sepa, los premios tienen un gravamen del 20% de IRPF, quedando exentos los primeros 40.000 euros de premio.

Teniendo esto en cuenta, hay otra duda muy repetida en lo que respecta al sorteo de la Lotería de Navidad: ¿Qué pasa con estos impuestos si se ha compartido un décimo? ¿Lo tienen que pagar todos los participantes? ¿Sólo el que compró el premio? ¿Se reparte la parte a pagar entre todos o como se ha compartido y no te ha tocado tanta cantidad de dinero no tributa?

Lo cierto es que compartir décimos y adquirir participaciones en la Lotería de Navidad es una de las cosas más comunes y tradicionales. Así, hay que saber que, respecto a este tema de la tributación del IRPF y los premios de lotería, la Agencia Tributaria ha lanzado un comunicado explicando lo que hay que hacer.

¿Qué pasa con los impuestos si he compartido un décimo?

"En el caso de premios compartidos (grupo de amigos o parientes, peñas, cofradías...), en los que el premio se reparte entre todos los participantes, se deben distribuir los 40.000 euros que están exentos, entre todos los beneficiarios en proporción a su porcentaje de participación", explica Hacienda.

Por otro lado, "quien proceda al reparto del premio que figure como beneficiario único (o como gestor de cobro) por haberlo manifestado así en el momento del cobro del premio, deberá estar en condiciones de acreditar ante la Administración Tributaria que el premio ha sido repartido a los titulares de participaciones, siendo por tanto necesaria la identificación de cada ganador así como de su porcentaje de participación".

Del mismo modo, hay que saber que es la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado (SELAE) quien deberá "proceder a identificar a los ganadores de los premios sometidos a gravamen, es decir, los que sean superiores a 40.000 euros por décimo, independientemente de que el premio haya sido obtenido por uno solo o bien conjuntamente por varias personas o entidades".

Por último, se aclara que el premio a cobrar ya se ingresa a cuenta del ganador con la retención del 20% hecha: "Los contribuyentes del IRPF o los contribuyentes no residentes sin establecimiento permanente que resulten agraciados y hayan soportado la retención en el momento del abono del premio no tendrán que presentar ninguna otra autoliquidación.

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