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Estos son los 14 países que dan automáticamente la nacionalidad española a los hijos de inmigrantes

  • El Código Civil se encarga de regular el acceso a la nacionalidad de los ciudadanos
  • Una de las opciones es conseguir la nacionalidad española por simple presunción
Foto: Canva.

Todos los países se encargan de establecer los requisitos que los ciudadanos deben cumplir para obtener la nacionalidad. España no es una de esas excepciones: en nuestro país es el Código Civil el encargado de recoger cómo se puede conseguir la nacionalidad española.

En su artículo 17 (puede consultarlo en este enlace del Boletín Oficial del Estado), el Código Civil explica que, entre otras opciones, se otorga a la nacionalidad a "los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecieren de nacionalidad o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad".

Sin embargo, esto no sucede en todos los casos. Solo los recién nacidos cuyos progenitores procedan de determinados países tienen derecho a conseguir la nacionalidad. Es lo que se conoce como ciudadanía española por simple presunción y solo se da con algo más de una decena de países.

En la actualidad, son 14 los países que 'otorgan' a los recién nacidos esta nacionalidad española. Para ello, los dos progenitores deben proceder de alguno de ellos. No es necesario que los dos sean del mismo país, mientras que procedan de alguno de los que componen la siguiente lista:

  • Argentina
  • Bolivia
  • Brasil
  • Cabo Verde
  • Colombia
  • Costa Rica
  • Cuba
  • Guinea-Bissau
  • Panamá
  • Paraguay
  • Perú
  • Portugal
  • Santo Tomé y Príncipe
  • Uruguay

En paralelo, existen varias excepciones por las que los recién nacidos pueden conseguir la nacionalidad española. Son tres casos especiales:

  • Marruecos: se concede la nacionalidad a los hijos de las mujeres que sean de nacionalidad marroquí y siempre que el padre proceda de alguno de los anteriores países de la lista.
  • Ecuador: la ciudadanía española solo se concede a los nacidos de padres ecuatorianos antes del 20 de febrero de 2008.
  • Palestina: en este caso hay que consultar cada caso de forma detallada debido a la complejidad de la legislación.
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