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La inesperada respuesta de un hostelero a un camarero cuando pregunta por su jornada laboral: "Sigue durmiendo"

Conversaci?n entre camarero y hostelero. / Foto: Twitter - SoyCamarero

Son muchos los camareros y camareras que difunden conversaciones con los dueños de los locales de hostelería en los que trabajan, con el objetivo de hacer ver las malas condiciones laborales que se dan en muchos establecimientos, donde no se respetan algunos derechos básicos que tienen que ver con los salarios o las jornadas de trabajo, entre otras cosas.

Así, la cuenta de Twitter especializada en difundir este tipo de mensajes a modo de crítica con los hosteleros que infringen la normativa laboral, SoyCamarero, ha compartido recientemente una conversación entre un hostelero y un camarero en referencia a la jornada de trabajo y los horarios.

Tal y como se indica en dicha conversación, el hostelero le pasa al trabajador la planilla con los horarios a las 06.30 horas de la mañana, reconociendo que le está avisando tarde porque está de baja y no ha podido hacer el cuadrante antes.

El camarero pregunta a su jefe si tiene que ir ese mismo día a trabajar: "Entonces, ¿hoy voy? Como te dije ayer, yo no puedo por la tarde", le indica al hostelero, que directamente le contesta: "Haz lo que quieras, ya me tienes harto. No quiero más problemas, te he respetado todos los días que me has pedido".

Ante esta indignada respuesta, el camarero le responde: "¿Más problemas de qué? Si me avisas a las 06.30 horas de la mañana, no sé qué quieres que haga", a lo que el jefe le responde cortante con un: "Seguir durmiendo".

¿Qué dice el Estatuto de los Trabajadores?

En la publicación de la red social, son muchos los usuarios que han respondido al mensaje aludiendo a la disponibilidad 24 horas que tienen que tener los camareros, que no son avisados con tiempo de los días y los horarios de su jornada laboral.

El Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 34, que versa sobre la jornada laboral, recoge la posibilidad de que, mediante convenio colectivo o por un acuerdo entre la empresa y el trabajador se puede establecer una distribución de la jornada laboral de forma irregular a lo largo del año. Sin embargo, el empresario deberá respetar periodos mínimos de descanso diario y semanal, así como dar a conocer con un preaviso mínimo de cinco días el día y la hora de la prestación de trabajo.

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Comentarios 1

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Usuario validado en elEconomista.es
Nacho
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Una persona que comete 6 faltas de ortografía en 4 frases no está capacitado para tener gente a su cargo. Me voy a dormir.

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#1