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Aviso a autónomos: estos son todos los modelos y declaraciones que tienes que presentar antes de que acabe noviembre

Foto: Dreamstime

Octubre y noviembre son dos meses importantes para los autónomos, ya que llegan con la obligación de tener que presentar una gran cantidad de modelos de declaraciones y autoliquidaciones. Es importante pagar a tiempo estos impuestos para no incurrir en recargos y sanciones.

Para empezar, la Agencia Tributaria establece un plazo para presentar los modelos correspondientes a este mes que acabo el pasado 20 de octubre. No obstante, cabe recordar qué documentos tenían que presentar los autónomos, ya que todavía están a tiempo de liquidarlos sin tener que pagar recargos, mucho menos sanciones.

Declaraciones y autoliquidaciones de octubre

Tal y como ya se ha comentado, el plazo para haber presentado estos modelos empezó el día 1 de octubre de 2021 y concluyo el día 20 del mismo mes. Estos eran los documentos que los autónomos tendrían que haber presentado:

- Modelo 111: declaración trimestral de las retenciones de personal y profesionales.

- Modelo 115: declaración trimestral de las retenciones de alquileres.

- Modelo 123: declaración trimestral de las retenciones de rendimientos de capital mobiliario.

- Modelo 368: declaración trimestral del IVA de los regímenes especiales de servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión o electrónicos.

- Modelo 303: declaración trimestral del IVA.

- Modelo 130: pago fraccionado del IRPF.

- Modelo 131: pago fraccionado del IRPF en el Régimen Simplificado.

- Modelo 202: segundo período del pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades.

Declaraciones y autoliquidaciones de noviembre

Durante este mes, los autónomos tienen que presentar menos declaraciones pero de gran importancia. Los plazos establecidos para cada trámite son distintos:

- Modelo 179: solo es exigible a aquellos autónomos que tengan viviendas con fines turísticos. Es una declaración informativa. El plazo para presentar este modelo finaliza el 2 de noviembre.

- Pago de la renta 2020: el día 5 de noviembre es el último día para abonar el segundo plazo de la devolución de la Renta 2020, en el caso de que se hubiese fraccionado.

El colectivo tiene que presentar dos documentos más antes del 30 de noviembre de este año:

- Modelo 232: declaración de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales de 2020.

- Modelo 303: declaración trimestral del IVA, fecha límite.

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