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Ayudas para mujeres víctimas de violencia de género que no encuentran empleo: cómo solicitarlas

Foto: Dreamstime

Uno de los principales factores para que una mujer víctima de violencia de género no sufra exclusión social es la independencia económica. El problema es que, tras pasar por esta experiencia, la mujer no siempre está preparada para regresar al mercado laboral, ya sea por motivos personales o porque durante el periodo en el que no ha trabajado la demanda de empleo ha cambiado.

Por este motivo, la Administración prevé una ayuda para este colectivo cuando la situación no le permite encontrar empleo. En este sentido, si la mujer sigue en paro y no tiene derecho a la prestación contributiva ni al subsidio por desempleo, puede solicitar la renta activa de inserción (RAI).

Requisitos para acceder a esta prestación

La Administración establece una serie de requisitos para poder acceder a la renta activa de inserción:

- Estar desempleada e inscrita como demandante de empleo. Además de mantener dicha inscripción durante todo el período de percepción de la prestación y suscribir el compromiso de actividad.

- Ser menor de 65 años.

- No tener ingresos mensuales propios superiores al 75% del salario mínimo interprofesional (SMI).

- No haber sido beneficiaria de tres derechos al programa de renta activa de inserción anteriores.

¿Cuánto voy a cobrar por esta prestación?

La renta activa de inserción se concede durante 11 meses como máximo y se cobra con efectos del día siguiente a la solicitud. No obstante, si se ha visto obligada a cambiar su residencia en los doce meses anteriores a la solicitud de admisión al programa o durante su permanencia en él, puede solicitar una ayuda suplementaria de tres mensualidades, en un pago único.

La cuantía mensual de esta ayuda es el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Ahora mismo, esta cantidad ascendería a 451,92 euros.

Por otro lado, si la mujer comenzase a trabajar como persona autónoma o se coloca por cuenta ajena a tiempo completo, se suspenderá el pago de la RAI y tendrá derecho a una ayuda equivalente al 25% de de esta prestación durante un máximo de 180 días, sin que ello reduzca la duración de la RAI pendiente de percibir.

Del mismo modo, si comenzase a trabajar a tiempo parcial se deducirá del importe de la RAI la parte proporcional al tiempo trabajado y el período pendiente de percibir mientras se mantenga la compatibilidad, se ampliará en la misma proporción.

¿Cómo solicito esta ayuda?

La RAI se podrá solicitar una vez que se cumplan los requisitos de acceso y el pago se iniciará a partir del día siguiente a la fecha de solicitud de admisión, que se podrá presentar a través de:

- La sede electrónica del SEPE.

- En la oficina de prestaciones, con cita previa.

- En cualquier oficina de registro público.

- Por correo administrativo.

Junto con la solicitud será necesario acreditar la condición de mujer víctima de violencia de género aportando sentencia judicial, orden de protección judicial, informe del Ministerio Fiscal o informe de los servicios sociales de la administración pública competente o casa de acogida, donde se indique que recibe asistencia por esta circunstancia o certificación expedida por el órgano competente.

Además de ello, tendrá que presentar el DNI o NIE, junto con cualquier documento bancario en el que figure el número de cuenta donde desee percibir la prestación.

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