Energía

El Gobierno permitirá a los ayuntamientos restringir el acceso urbano a vehículos con un solo ocupante

  • Se podrán establecer prioridades en función del tipo de servicio de los vehículos
Imagen: Archivo

Los ayuntamientos podrán limitar el acceso de vehículos con un solo ocupante a determinadas zonas urbanas. Así lo establece el nuevo artículo 37 bis del Reglamento General de Circulación, incorporado por el proyecto de Real Decreto que quiere aprobar el Gobierno, que otorga a los municipios una base legal para adoptar restricciones de tráfico urbano basadas en criterios distintos a los medioambientales, como el número de ocupantes del vehículo, su tecnología o el uso al que se destina.

Esta disposición tiene por objeto mejorar la seguridad vial y racionalizar el uso del espacio urbano, en línea con las recomendaciones de la Comisión Europea para una movilidad más eficiente y segura en las ciudades. La medida se suma al impulso normativo del Ejecutivo para hacer más efectivas las Zonas de Bajas Emisiones, pero abre un nuevo frente en la lucha contra la congestión urbana y el uso ineficiente del vehículo privado.

Según la redacción oficial del artículo 37 bis, las autoridades municipales podrán establecer restricciones en vías urbanas "mediante ordenanza municipal" y basarse en criterios como:

a) La disponibilidad de sistemas avanzados de asistencia a la conducción en el vehículo. Este criterio permite favorecer la entrada a vehículos dotados de tecnología que mejora la seguridad en la conducción, como el frenado automático de emergencia, la detección de ángulos muertos o la alerta de cambio involuntario de carril. Se premia así el uso de automóviles tecnológicamente más seguros.

b) El servicio al que se destina el vehículo. Se introduce la posibilidad de establecer prioridades en función del tipo de servicio, lo que beneficiará previsiblemente a vehículos destinados al transporte público, sanitario, escolar, de mercancías esenciales o de personas con movilidad reducida, garantizando así su operatividad sin trabas.

c) El número de ocupantes del vehículo. Este es uno de los aspectos más innovadores. Los municipios podrán limitar el acceso a zonas o tramos urbanos a vehículos que circulen con una sola persona a bordo, fomentando el coche compartido, el uso racional del vehículo privado y reduciendo el número de desplazamientos individuales innecesarios. Este tipo de medida ya se aplica en carriles VAO en algunas grandes vías interurbanas, pero ahora podrá extenderse al entorno urbano.

Además, el nuevo artículo establece que estas restricciones no sustituyen a las medidas medioambientales, sino que las complementan, y exige a los ayuntamientos que comuniquen al Punto de Acceso Nacional de la Dirección General de Tráfico la delimitación de las zonas afectadas y los criterios aplicados. También prevé que la Jefatura Central de Tráfico elabore un documento técnico conjunto con los municipios para guiar la implantación efectiva de estas ordenaciones especiales.

WhatsAppFacebookFacebookTwitterTwitterLinkedinLinkedinBeloudBeloudBluesky