
La nueva ley hipotecaria en la que trabaja el Gobierno para incrementar la transparencia en la contratación del producto y sus cláusulas, en favor de una mayor protección del consumidor, dará un vuelco a muchos factores. El Anteproyecto de Ley sobre contratos de crédito inmobiliario que traspone la directiva comunitaria, suprime, en términos generales, las comisiones por devolver la deuda anticipadamente. El borrador, que estuvo a consulta hasta el pasado mes de septiembre y cuya aprobación definitiva se estima para mayo, limitaba al 0,5% el cargo "del capital reembolsable anticipadamente" si el reintegro se produce en los tres primeros años del préstamo y al 0,25 si es durante los cinco primeros, y desaparecería al sexto año.
Las condiciones de transparencia sobre la información a facilitar antes de la firma del contrato, el contenido de la oferta vinculante, el análisis de solvencia o las tasaciones incluidas en la directiva estaban muy en línea con la práctica bancaria española, recuerdan fuentes financieras, que, no obstante, no descartan que esa guía se modifique o altere, a tenor del interés del Gobierno en reforzar al máximo la transparencia y que el cliente sepa bien qué contrata.
El Anteproyecto sujeto a consulta garantizaba también el derecho del cliente a cambiar de divisa en su hipoteca y prohíbe las ventas de productos vinculados - aquí sí busca erradicar la práctica de vincular, por ejemplo, el seguro de hogar o vida con el préstamo-.
La norma no impedirá al banco ofrecer varios productos junto al préstamo e, incluso, incentivar su contratación con una oferta de precios atractiva, pero exigirá que informe separadamente de las condiciones de cada producto. Otra regla que sí es novedad para la industria es que buscará abolir los incentivos al personal para que coloque préstamos, para evitar un mal asesoramiento al cliente y asunción excesiva de riesgos para el banco.