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Cortar la luz o el agua en las viviendas okupadas no será un delito de coacciones en Barcelona

El edificio okupado 'Los Blokes Fantasma', a 18 de mayo de 2023, en Barcelona. Foto: Europa Press.

Cortar la luz o el agua en las viviendas okupadas no será considerado un delito de coacciones, según han acordado las secciones penales de la Audiencia de Barcelona, que han evitado abordar los desalojos exprés sin autorización judicial como han hecho jueces de otras provincias.

El acuerdo es fruto de la reunión que el pasado viernes mantuvieron los magistrados de las secciones penales de la Audiencia de Barcelona para unificar sus criterios de actuación en el caso de las usurpaciones o allanamientos de viviendas.

Uno de los puntos que establece el acuerdo es que, si el propietario de una finca okupada decide no mantener "el alta de los suministros o el abono de los mismos", este hecho no será considerado un delito de coacciones.

Además, el acuerdo también ordena que los juzgados de Barcelona no podrán archivar una denuncia por un delito leve de usurpación de vivienda sin encargar previamente a los cuerpos policiales que identifiquen a los okupantes de la finca.

Se trata de los conocidos como "ignorados okupantes", señalan fuentes judiciales a Europa Press, personas desconocidas que no han mantenido relación contractual con el propietario, como aquellas que dejan de pagar el alquiler o la hipoteca, y que okupan una propiedad.

Su identificación permitiría poner en marcha los mecanismos con los que cuenta el sistema para que el procedimiento no se alargue en el tiempo hasta que se ordene el sobreseimiento. Asimismo, permitirá estudiar si se trata de personas vulnerables y ofrecerles los recursos pertinentes.

Solo si practicada la diligencia policial se sigue sin poder identificarles, se procederá al sobreseimiento y archivo provisional de las actuaciones.

Desalojos exprés

El acuerdo, que se difundirá entre todos los jueces de Barcelona, la Fiscalía y los colegios de la abogacía, no incluye el criterio adoptado por otras audiencias provinciales que han avalado que se puedan llevar a cabo desalojos exprés de viviendas okupadas sin autorización judicial en las primeras 24 horas del allanamiento. Es el caso de la Audiencia de Girona, que en una resolución del pasado 22 de noviembre decidió dar luz verde a la policía para agilizar los desalojos de las viviendas okupadas.

También los colegios de abogados de Barcelona, Málaga y Madrid presentaron el pasado mes de enero una propuesta para agilizar los desalojos de viviendas okupadas, que exigiría reformas legislativas para que los jueces puedan acordar esa medida cautelar en el plazo de 48 horas.

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