
Aunque ya estaban aprobadas por la normativa autonómica desde el año pasado, el Ayuntamiento de Valencia ya ha dado luz verde a la iniciativa por la que asumirá la capacidad de inspeccionar y sancionar a las viviendas turísticas con multas de hasta 600.000 euros a partir de ahora.
El consistorio de la capital ha sido uno de los primeros en solicitar la delegación de esas competencias, tal y como permitía la que el propio Carlos Mazón bautizó como 'Ley Montes', que regula los pisos turísticos, porque fue promovida por la exconsellera de Innovación y Turismo Nuria Montes, cesada tras la DANA.
El Pleno del Ayuntamiento de Valencia ha aprobado este martes por unanimidad aceptar la delegación de competencias contempladas en la Ley de la Generalitat Valenciana de Turismo, Ocio y Hospitalidad de la Comunidad Valenciana, que permitirán que el Ayuntamiento pueda multar la actividad ilegal de los apartamentos turísticos.
Las competencias que prevé la normativa incluyen la capacidad de incoar, instruir y resolver los procedimientos sancionadores en materia de viviendas de uso turístico y adherirse al convenio marco entre la Generalitat y la Federación Valenciana de Municipios y Provincias, FVMP.
El Gobierno valenciano preveía esta fórmula para aquellos municipios con capacidad tanto administrativa como punitiva, esto es, con unos recursos adecuados de su propia policía local, para hacer frente a esta competencia y siempre que así lo considerasen oportuno.
Se ha dado la poca frecuente circunstancia de que todos los grupos políticos en el Pleno (PP, Compromís, PSPV-PSOE y Vox) han votado a favor de esta iniciativa que supondrá asumir el servicio del procedimiento sancionador establecido en la normativa autonómica.
Con esa legislación, que se suma a otras medidas como la nueva ordenanza anunciada por el Gobierno de la popular María José Catalá tras la proliferación de esos alojamientos el consistorio podrá imponer y tramitar multas a las viviendas de uso turístico ilegales, que podrán ser desde 10.000 euros hasta 600.000, dependiendo de la gravedad del hecho sancionado.
Según el Ayuntamiento, esos expedientes se incluirán en el marco de las campañas continuas de inspección de actividades ilegales que ya se estaban realizando.
Contaminación acústica en Fallas
Durante la sesión del Pleno también se ha aprobado únicamente con el apoyo de los concejales del Gobierno Municipal, la modificación definitiva del artículo 42 de la Ordenanza Municipal de Protección contra la Contaminación Acústica. Los partidos de la oposición, Compromís PSPV-PSOE se han abstenido.
La modificación aprobada establece que en el interior de las carpas ubicadas en el dominio público "no se podrán superar 85 decibelios (dB) con limitador y sin registrador" (hay que recordar que el 80% de la fallas hacen su actividad dentro de las carpas). Y, además, durante la celebración de verbenas, discomóviles y otras actividades con emisiones sonoras al aire libre, "no se podrán sobrepasar los 90 dB, y se exigirá el limitador- registrador".
Asimismo, se establece también la recomendación "para respetar el descanso vecinal y el bienestar animal", de no disparar artificios pirotécnicos entre las 9:00 y las 10:00 horas, salvo que se trate de recogida de la fallera mayor de la comisión fallera, ni tampoco entre las 15:00 horas y las 17:00 horas.