
La Comunidad de Madrid aligerará la burocracia urbanística para facilitar la inversión con la Ley Ómnibus. Esta Ley denominada de "medidas urgentes para el impulso de la actividad económica y la modernización de la Administración", contiene una serie de medidas legislativas, relativas tanto a la ordenación territorial como a la ordenación urbanística, que complementan dos leyes autonómicas: una es la Ley del Suelo del 2001 y la otra, la Ley de Medidas de Política Territorial del 1995.
Esta Ley aún presentándose como el objetivo fundamental, de mover las palancas de la actividad económica y el empleo, responde a una necesaria y demandada actualización de la actividad urbanística a las nuevas realidades sociales y económicas, que se tornan dominantes en lo relativo al suelo urbano, respondiendo así al plano donde se desarrollan las principales actividades de los ciudadanos.
Se crean herramientas que permiten hacer posible el necesario papel de la rehabilitación y de la regeneración urbana, que muchas veces es imposible debido a la rigidez de las determinaciones establecidas en las normas urbanísticas municipales, que permiten la indiscutible adaptación de la ciudad a esas nuevas realidades.
Aunque la norma incorpora importantes novedades para el suelo no urbanizable, nos centramos en la afección que tiene sobre el suelo urbano pues es éste el ámbito del territorio en el que con mayor intensidad se desarrollan las principales actividades de los ciudadanos.
Los procesos de renovación y rehabilitación urbana, así como los de adaptación de los usos e intensidades a la nueva realidad de las ciudades, suelen ser especialmente complicados ya que conllevan la transformación de partes de la ciudad existente y viva, afectando al desenvolvimiento ordinario de sus ciudadanos.
Son procesos de transformación que tienen un gran impacto económico en nuestra sociedad y constituyen palancas de crecimiento y creación de empleo y, a la vez, tienen un bajo impacto en el medio ambiente al afectar a suelos ya clasificados.
"Es indiscutible la necesidad de que la ciudad vaya adaptándose a la realidad. Sin embargo, la rigidez de las normas urbanísticas que predeterminan el uso del suelo y su intensidad, impide abordar esos procesos de cambio con agilidad cuando se percibe que ya no responden a la finalidad que las estableció. Por ello, no se nos escapa la importancia de este tipo de actuaciones", explica Antonio Ñudi, socio de Andersen.
Se normalizan las actuaciones de dotación, permitiendo los cambios de uso y el aumento de edificabilidad de solares o edificios, previa justificación de la viabilidad económica, y del reequilibrio de los usos lucrativos con las dotaciones públicas, garantizando así la calidad del entorno urbano afectado.
Se amplía la potestad de los Planes Especiales, permitiendo significativas modificaciones que antes precisaban de la Modificación del Plan General, al objeto de obtener una agilización en su tramitación, que además se cede a la autonomía municipal, aumentando sus competencias.
"Esta Ley por fin modifica el estatuto jurídico de los patrimonios públicos de suelo y permitirá utilizar suelos dotacionales vacantes, para la construcción de viviendas protegidas en los mismos, al considerarse ahora como parte de la red de servicios", apunta Sigfrido Herráez, decano del Colegio Oficial de de Arquitectos de Madrid (COAM).
Además de otras muchas medidas, como eliminar cargas innecesarias, y de trámites ambientales en determinados casos, establecen medidas para una nueva organización administrativa, con colaboraciones público-privadas, nuevos plazos para la aprobación de instrumentos de ordenación urbanística y de las licencias, así como una nueva regulación de los Proyectos de Alcance Regional, que antes se forjaban en imposibles.
"La Ley Ómnibus introduce modificaciones de gran calado para el urbanismo en la Comunidad de Madrid: 1) Puesta en carga de suelos dotacionales vacantes para destinarlos a políticas de vivienda. 2) Simplificación de la tramitación ampliando competencias de los Ayuntamientos, y eliminando informes medioambientales donde no eran necesarios. 3) Posibilidad de tramitar licencias de obra a través de Entidades Colaboradoras Urbanísticas. Son medidas muy eficientes y que llevábamos reivindicando desde hacía tiempo en el sector. Pero sobre todo, avanzan y van en la línea de un cambio de paradigma en la legislación urbanística. Hacia un urbanismo posibilista, en lugar de intervencionista", asegura Carolina Roca, presidenta de Asprima.
La Ley Ómnibus se suma a otros avances que ha hecho ya la Comunidad de Madrid en materia urbanística. "La CAM aprobó hace dos años la Ley 1/2020, para el impulso y reactivación de la actividad urbanística en la que se regulaba la declaración responsable.
La declaración responsable es un documento presentado por el promotor, adjuntando a ella toda la información preceptiva marcada por la Ley, en el cual éste se responsabiliza de la correcta ejecución del inmueble y su correspondencia con el proyecto presentado y validado por el Ayuntamiento. Es una herramienta que puede sustituir a determinadas licencias.
Según los datos que nos ha facilitado Asprima, hemos visto que a partir de la regulación de la declaración responsable se ha conseguido ahorrar en costes un promedio de 70 millones al año al acortar los plazos para obtener licencia. En dos años, con el conjunto de modificaciones normativas, se han ahorrado 200 millones de euros", explica David González Herrero, arquitecto, técnico urbanista y subdirector general de Urbanismo en la Comunidad Autónoma de Madrid.