
En la década de los 90, Elvira Lindo escribió Manolito Gafotas. Los libros relataban en primera persona las andanzas de un niño de Carabanchel Alto que tenía un padre camionero, dueño de su propio camión, y una madre ama de casa. El padre de Manolito, que pasaba semanas fuera de casa y cuando volvía dejaba el camión de 20 toneladas aparcado en la misma calle de su bloque de pisos, estaba llamado a ser una rara avis en el sector del transporte de mercancías por carretera después de que en agosto 1999 el Gobierno impusiera por ley el requisito de tener una flota de al menos tres vehículos de transporte pesado para obtener la licencia y poder operar.
La medida, que se modificó levemente en 2007, buscaba frenar la atomización del sector, que estaba dominado por los autónomos -todavía quedan muchos pero no podían entrar nuevos-. No en vano, en aquella época la media de camiones por empresa no superaba los dos vehículos. Casi 20 años después, la flota media apenas supera los tres camiones. | Más noticias en la revista digital gratuita elEconomista Transporte.
La exigencia de los tres camiones lleva años cuestionada por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y por la Comisión Europea (CE) que, tras un largo proceso administrativo, en abril de 2017 resolvió denunciar a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por limitar el acceso a la profesión de transportista, lo que vulnera los principios de la LGUM (Garantía de Unidad de Mercado).
Ahora, la Corte de Luxemburgo ha dado la razón a la CE, por lo que España deberá eliminar el requisito de los tres camiones del reglamento de transporte terrestre (Rott), abriendo así la puerta a que los autónomos con su camión, como el padre de Manolito, o las microempresas, vuelvan a tener libre acceso al sector.
"La sentencia del TJUE proyecta un futuro en el que la atomización, que había sido desterrada de la estructura del transporte público por carretera, volverá a constituir un problema de gran dimensión. Existe un riesgo de una importante desestructuración de mercado", asegura Fernando Cascales, abogado y ex director general de Ferrocarriles y Transportes por Carretera (Inta).
Fragmentación societaria
En esta misma línea, Ramón Valdivia, director general de Astic, la patronal de los transportistas, explica que "con su sentencia, el TJUE dinamita el ya de por sí muy tímido proceso de concentración empresarial que nos ha llevado en España, en dos décadas, de menos de dos vehículos de media por empresa a más de tres. El tribunal favorece la fragmentación societaria y el surgimiento de estructuras empresariales formadas por microempresas con un solo camión, cuando necesitamos todo lo contrario". Por su parte, la Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM) aseguró que la eliminación del requisito de la flota mínima "propiciará la entrada masiva a la actividad de nuevos transportistas de manera desordenada, en perjuicio de los que actualmente operan en el sector y de la calidad del servicio que prestan, corriendo el riesgo de convertirlo en un sector sumidero".
Y es que, algunas empresas y expertos aseguran que la ausencia de limitaciones supondrá un descenso en los precios del servicio a costa de la calidad, la seguridad y la eficacia del mismo, y habrá menos contratos por cuenta ajena.
Según la sentencia del TJUE, el requisito español es "discriminatorio y desproporcionado" al instaurar barreras de acceso al sector del transporte de mercancías por carretera. Así, la regulación de la UE solo fija cuatro requisitos para poder ejercer la profesión de transportista: tener un establecimiento efectivo y fijo en un Estado miembro, gozar de honorabilidad, poseer capacidad financiera apropiada y tener la competencia profesional requerida. Aunque sí que abre la puerta a que los países impongan requisitos adicionales, estos en ningún caso deben ser la flota mínima, ya que la normativa deja muy claro que el transportista, una vez tenga la licencia, debe "disponer de uno o más vehículos matriculados o puestos en circulación (...)".
La sentencia de TJUE solo hace referencia a los camiones, pero ésta tendrá también efecto sobre el transporte público en general, abriendo la puerta a eliminar las barreras de entrada al sector, como las que se han impuesto a los vehículos VTC que trabajan con plataformas como Uber o Cabify. De momento, el Gobierno ya ha asumido que tendrá que eliminar la exigencia de tener una flota de cinco autobuses para conseguir la licencia.
El Ejecutivo ha dicho que "cumplirá con la sentencia de la UE", pero no inmediatamente, ya que "el requisito continuará en vigor hasta que se publique la norma mediante la que formalmente se suprima, cuestión que se abordará en el proyecto de modificación del Rott".
Además, Fomento se ha comprometido a dificultar el acceso a la profesión mediante el incremento "del rigor en el cumplimiento de los otros requisitos fijados por la reglamentación comunitaria para obtener la autorización de transporte". "Con estas medidas se garantizarán unas condiciones suficientemente exigentes para acceder al mercado", sentenció el Ministerio.