
El Juzgado de lo Social de Huesca ha declarado en su sentencia la "ilegalidad" y "nulidad" del precio de los festivos en el transporte de viajeros de Huesca.
El sindicato OSTA había solicitado mediante demanda al Juzgado de lo Social de Huesca la impugnación del artículo 20 del anterior convenio colectivo del transporte de viajeros de Huesca de los años 2020-2023 por considerar que el recargo establecido para el pago de la hora festiva no cumplía con la legalidad vigente.
De hecho, el Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, sobre regulación de la jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos establece en el artículo 47 "cuando, excepcionalmente y por razones técnicas u organizativas, no se pudiera disfrutar el día de fiesta correspondiente o, en su caso, de descanso semanal, la empresa vendrá obligada a abonar al trabador, además de los salarios correspondientes a la semana, el importe de las horas trabajadas en el día festivo o en el período de descanso semanal, incrementadas en un 75 por 100, como mínimo, salvo descanso compensatorio".
Pese a ello, desde OSTA recuerdan que los sindicatos UGT y CCOO y la patronal del sector de viajeros firmaron un precio para las horas festivas por debajo del 75% tanto en el convenio colectivo de los años 2020-2023 como en el actual de 2024-2025, firmado este por UGT.
Una situación que, para OSTA, supone un empeoramiento de las condiciones laborales de las plantillas del sector. El sindicato ha valorado de forma positiva el fallo del juzgado que les da la razón, además de por abrir una nueva puerta para la revisión de otros textos que no se adapten a la legalidad vigente.