Transportes y Turismo

Las VTC podrán cobrar casi el doble de la tarifa ordinaria en conciertos y macroeventos con la nueva regulación de Madrid

VTC en Madrid. Foto: Archivo.

La nueva regulación de las VTC (Vehículo de Turismo con Conductor) de Madrid llega y con polémica. El texto, que ya se encuentra en la parte final para su aprobación, y cuya entrada en vigor está prevista para principios de 2024, está pensado para ofrecer seguridad jurídica tanto a usuarios, como empresas y profesionales. Pero hay un aspecto sobre las tarifas en situaciones de alta demanda que se ha modificado con respecto al planteamiento inicial.

Una de las principales novedades que incluye la nueva ley es precisamente la limitación de las tarifas en ocasiones en las que hay mucha demanda, como son los conciertos o macroeventos. En este caso, la nueva regulación establece que el precio del viaje no podrá superar el 75% de la media del coste ordinario, frente al 50% que se había comentado en un primer momento. Es decir, para un viaje que cueste en horario normal 20 euros, el recibo podrá dispararse hasta los 35 euros si hay ausencia de coches.

Al hilo de esto, el consejero de Transportes, Jorge Rodrigo, ha explicado tras el Consejo de Gobierno de este miércoles que al subirlo al 75% se ha querido "buscar un equilibrio entre oferta y demanda". Al tiempo que ha destacado que, en países como Portugal, este porcentaje se ha fijado en el 100% para grandes eventos, que sería el doble de la tarifa normal.

Asimismo, la nueva norma acota la actividad de las VTC a trayectos contratados de manera previa por los usuarios, prohibiéndoles la captación activa de clientes por las calles. Por ello, no podrán estacionar en lugares como aeropuertos, estaciones de ferrocarril o autobús o cualquier otro lugar donde haya una afluencia masiva de personas, sin estar previamente contratados.

Viajes compartidos y antigüedad de los coches

Se contempla también una nueva modalidad de viajes compartidos que podrá suscribir cada usuario por plaza y con pago individual, en función del recorrido realizado. Esta alternativa de transporte permite al primer pasajero contratar un trayecto, al que podrán sumarse otros para el mismo itinerario o una parte, ya que pueden hacerse paradas intermedias de subida y bajada de clientes, conociendo todos ellos su precio previamente.

En lo referente a las empresas, el Reglamento de VTC establece que para obtener y mantener las autorizaciones deben contar, al menos, con un número de conductores igual al 75% de autorizaciones en alta. Asimismo, podrán disponer de los coches en régimen de propiedad o mediante alquiler bajo las figuras de renting o leasing.

Los coches no podrán tener una antigüedad superior a la exigida por la legislación estatal, por lo que deberán ser retirados de la actividad cuando hayan cumplido los 10 años, a contar desde la primera matriculación, y tendrán que estar clasificados con el distintivo ambiental Cero Emisiones o ECO.

No obstante, los que tengan permiso cuando la norma entre en vigor y dispongan de etiqueta C podrán seguir prestando servicio con ese coche hasta diciembre de 2027, salvo que se sustituya antes, en cuyo caso, deberá cumplir con la clasificación Cero Emisiones o ECO.

Asimismo, desde el 1 de enero de 2025, de cada diez VTC, uno deberá ser accesible para que puedan entrar, viajar y salir de él las personas en silla de ruedas.

Exámenes a los conductores

Por su parte, los conductores de VTC deberán acreditar la posesión de un permiso de conducir de la clase B con, al menos, dos años de antigüedad; estar libre de condenas por delitos contra la libertad sexual, y haber superado una prueba para valorar conocimientos sobre el manejo de dispositivos digitales con mapa de navegación, el uso del castellano, primeros auxilios y lugares más importantes de la región, entre sus principales requisitos.

Estos profesionales tendrán un plazo de 18 meses para realizar estos exámenes, a contar desde la entrada en vigor de la disposición que los regule, y podrán seguir conduciendo hasta la finalización de este periodo. Asimismo, quedarán exentos de completar este requisito quienes a la entrada en vigor del reglamento llevarán ejerciendo su labor profesional durante al menos un año de forma ininterrumpida o dos en el período de los cuatro años anteriores a la entrada en vigor del nuevo Decreto.

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