Transportes y Turismo

El Gobierno blinda al taxi frente a las VTC tras la sentencia de Luxemburgo

  • Eleva su consideración a servicio de interés público
  • Responde a la sentencia de Luxemburgo, que afeó que se protegiese al sector con medidas como el ratio 1/30
  • Se ampara en criterios ambientales para regular la aprobación de nuevas autorizaciones
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El Gobierno ya tiene listo su Real Decreto Ley para modificar la Ley de Ordenación de Transporte Terrestre (LOTT) que servirá como escudo al taxi frente a un posible desbloqueo en masa de licencias VTC (las que utilizan los vehículos de Uber, Cabify y Bolt) tras la sentencia del Tribunal Europeo de Justicia (TJUE). El Ejecutivo dará luz a un texto con cinco disposiciones adicionales, nueve disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y nueve disposiciones finales entre las que se recogerán nuevos requisitos para los rivales del taxi.

Una de las exigencias para los vehículos de arrendamiento con conductor será que cada autorización deba estar en propiedad, arrendamiento financiero o arrendamiento a largo plazo en el sentido que dispone la normativa de tráfico al respecto, es decir, arrendamientos con una duración superior a tres meses. Hasta ahora empresas con importantes flotas de vehículos se bastaban de más coches que autorizaciones VTC, algo que se pretende atajar con esta nueva norma.

La mayoría de requisitos, no obstante, irán vinculados a criterios de sostenibilidad. Se introducirán nuevos apartados (5, 6 y 7) en el artículo 99 de la LOTT para condicionar la expedición de autorizaciones al cumplimiento de criterios medioambientales sobre mejora de la calidad del aire y reducción de emisiones de CO2. En este sentido, la autorización VTC será denegada si, por ejemplo, en el momento del otorgamiento, se supera el valor límite anual de NO2 o PM2,5 (las partículas en suspensión de menos de 2,5 micras) o el valor objetivo a largo plazo del O3.

Al margen de esto, el Gobierno quiere que las comunidades autónomas puedan establecer para las autorizaciones VTC que se domicilien en su territorio otros criterios de mejora de la calidad del aire en el marco de lo previsto en el Derecho comunitario o en las directrices de la Organización Mundial de la Salud (OMS), algo que había solicitado encarecidamente el taxi en las diferentes reuniones con el Ministerio de Transportes durante la última semana.

Con esta medida, el Gobierno busca el ángulo de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia Europeo que permite regular este tipo de autorizaciones bajo criterios objetivos y no puramente de protección económica, como fue el ratio 1/30 (una licencia VTC por cada treinta de taxi). El Ejecutivo considera en este contexto que es evidente que un crecimiento exponencial del número de autorizaciones de Uber, Cabify y Bolt impacta potencialmente en el medio ambiente, la congestión, la seguridad y la gestión del espacio público, por lo que las administraciones con capacidad para detectar y modular esos impactos deben ostentar las herramientas adecuadas para conseguirlo.

Suspensión de autorizaciones pendientes

El Ejecutivo se reserva la posibilidad de que, si por aplicación de los criterios mencionados no se otorgara la autorización, se suspenderá el procedimiento, que podrá reanudarse en cualquier momento, previa solicitud del interesado que acredite el cumplimiento de dichos criterios. Esta nueva solicitud podrá efectuarse en el plazo de tres años desde la notificación inicial del incumplimiento, es decir, se introduce así otro mecanismo que dilata en el tiempo la llegada de más autorizaciones.

Fuentes del Ministerio de Transportes explican a este respecto que la batería de cambios, incluyendo el mecanismo de suspensión, afectará a todas las autorizaciones pendientes de aprobación, incluyendo también las que se encuentran atascadas en los tribunales. Las mismas voces apuntan que la futura norma no tendrá efectos sobre las actuales VTC que realizan trayectos urbanos, sino solo a las de titularidad estatal, cuyas competencias son únicamente para trayectos interurbanos.

El taxi como interés público

El Real Decreto del Gobierno fijará en su artículo 151 una declaración del transporte de viajeros en taxi como servicio de interés público. El texto fija que este transporte, "sin perjuicio de las competencias de las comunidades autónomas para establecer otra regulación, tiene la consideración de servicio de interés público".

En consecuencia, añade, los instrumentos de planificación y ejecución de políticas públicas que se lleven a cabo por las administraciones competentes deberán garantizar la prestación de un servicio de calidad para todos los usuarios, no discriminatorio y con una cobertura de prestación suficiente en todo el territorio, mediante la adopción de las medidas que determinen y delimiten la naturaleza, duración y alcance de las obligaciones correspondientes.

Respuesta de las VTC

Por parte del sector de las VTC, las patronales Unauto y Feneval han salido al paso de las intenciones del Gobierno y consideran que la definición del taxi como interés público "contradice expresamente la reciente sentencia del TJUE, que establece claramente que las regulaciones de movilidad deben estar destinadas a proteger el interés general y que éste no es en ningún caso la viabilidad económica del sector del taxi".

Con esta definición, añaden desde las organizaciones, "el Gobierno contradice el principio de proporcionalidad que establece que cualquier regulación sobre el transporte urbano de interés general no pueden ser discriminatorias y que, por tanto, deben aplicar en igualdad de condiciones a taxis y VTC".

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