Telecomunicaciones y tecnología

La CE insta a Google para que acepte la Justicia europea y no solo la californiana

  • Reclamará cambios en las 'condiciones de uso' de Google, Facebook y Twitter
Foto: Archivo

La jurisdicción de los tribunales del Condado de Santa Clara (California, Estados Unidos) se extiende a lo largo y ancho del planeta en el caso de que haya que dirimir cualquier contencioso legal referido a las más famosas puntocom, entre ellas, Google, Facebook y Twitter. En caso de discrepancia o abuso, será un juez americano el que llevará la voz cantante. No queda otra hasta ahora.

Sin embargo, tanto la Comisión Europea como las autoridades continentales de protección de los consumidores se han propuesto acabar con esa situación. Por lo pronto, han requerido a las referidas empresas estadounidenses que modifiquen las cláusulas de los contratos de aceptación de servicios en defensa de los derechos de los ciudadanos europeos. Y, además, les emplazan a subsanarlo en el plazo máximo de un mes. En caso de no hacerlo, Bruselas aplicaría las multas y medidas que considere oportunas.

El mandato comunitario no admite dobleces: "Las condiciones de utilización de las plataformas de medios de comunicación social deben hacerse conformes a la legislación europea de protección de los consumidores".

Según indican los expertos consultados, el 99% de la población no ha consumido más de cinco minutos a lo largo de toda su vida online en consultar las condiciones de uso de las compañías tecnológicas. La práctica es universal. Verlo y aprobarlo es todo uno. Como el valor al soldado, se presupone que todos los artículos y cautelas que aparecen que se activa un servicio por Internet resultan buenos y convenientes. No hay motivo para entretenerse ni para desconfiar. Ante esa situación, Bruselas ha dedicado sus recursos legales para poner freno a algunas de las presuntas tropelías que se someten a aprobación fugaz por parte de los usuarios. Entre ellas destaca la aplicación por defecto de las leyes del Estado de California (EEUU) para solucionar las controversias. Se escapa de lo anterior el puñado de países que ha renunciado expresamente a este tipo de legislación para aplicar la normativa específica de sus respectivos países.

Según se indica en el contrato del servicio de Google+, red social del buscador, "los litigios relacionados con las condiciones se someterán a la jurisdicción y a los poderes locales" en el caso de la que las leyes del país del usuario no le permita someterse a la jurisdicción de los tribunales del condado de Santa Clara (California, EEUU).

Del mismo modo, si las leyes del país no permiten someterse a los tribunales del Condado de Santa Clara, los litigios relacionados con estas condiciones se supeditarán a la jurisdicción y a los poderes locales. En caso contrario, tanto Google como el usuario aceptan someterse a la jurisdicción exclusiva de los tribunales federales o estatales del Condado de Santa Clara para solucionar las reclamaciones derivadas de estas condiciones o de los servicios de los mismos.

Medidas correctoras

El pasado 16 de marzo, la Comisión Europea se reunió con las autoridades de protección de los consumidores de la UE para debatir las soluciones que estos últimos elaboraron a finales del año pasado. De esa forma, la comisaria Vera Jourová, responsable de Justicia, Consumidores e Igualdad de Género de la UE, alzó la voz el pasado viernes sobre el asunto: "No es aceptable que los consumidores de la UE solo puedan recurrir a un tribunal de California para resolver un litigio. Tampoco podemos aceptar que los usuarios se vean privados de su derecho a cancelar una compra en línea. Las empresas de medios de comunicación social también deben asumir una mayor responsabilidad a la hora de hacer frente a las estafas y fraudes que se cometen en sus plataformas", denunció.

Las autoridades comunitarias han decidido aplicar en el mundo de las redes sociales la Directiva sobre las cláusulas abusivas en los contratos con consumidores. Por lo tanto, la vida real y la virtual se someterán a las mismas reglas. Así, "las redes sociales no pueden exigir que los consumidores renuncien a derechos imperativos, como su derecho a cancelar una compra en línea".

El Ejecutivo comunitario también promueve una decena de salvaguardas para los europeos, entre ellas, que "las condiciones de utilización de las redes sociales no pueden limitar o excluir totalmente la responsabilidad de estas plataformas respecto a la prestación del servicio".

Todo lo anterior significa que Google+, Facebook o Twitter deben identificar los contenidos patrocinados sin esconderlos. Además, "las redes sociales no pueden modificar unilateralmente las cláusulas y condiciones, sin informar claramente a los consumidores sobre la justificación de dicha modificación y sin darles la posibilidad de rescindir el contrato respetando un plazo de preaviso adecuado". Además, las condiciones de utilización de las redes sociales "no pueden otorgar poderes ilimitados y discrecionales a los operadores de medios de comunicación social sobre la supresión de los contenidos".

Las autoridades nacionales de protección de los consumidores han reclamado la disponibilidad de un "canal de comunicación directo y normalizado para señalar tales irregularidades a los operadores de medios de comunicación social". De esa forma, las futuras controversias se podrían abordar sin intermediarios, en beneficio de los consumidores europeos.

Cláusulas abusivas

La actual Directiva sobre las cláusulas abusivas en los contratos con consumidores ya exige que se "consideren abusivas, y por consiguiente, carentes de validez, las cláusulas que no se hayan negociado individualmente y creen un desequilibrio importante entre los derechos y las obligaciones de las partes, en detrimento del consumidor (artículo 3)". Asimismo, la normativa impone que "las cláusulas se redacten de forma clara y comprensible (artículo 5), a fin de que los consumidores sean informados de forma inequívoca e inteligible sobre sus derechos".

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