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Cabify responde al taxi aclarando en doce puntos cómo es toda su operativa

La patronal de taxistas Fedetaxi y el Sector Estatal de Carretera de la FSC-CCOO anunciaron ayer que habían presentado una denuncia conjunta contra Cabify para que se investigara si la compañía estaba pudieran estar practicando "dumping social" al sustituir trabajadores por cuenta ajena por falsos autónomos.

Ahora, la aplicación de movilidad urbana ha querido informar una serie de aspectos sobre cómo es su forma concreta de operar a través de una docena de puntos, en los que aclara por ejemplo que Cabify "pone en contacto a usuarios con los vehículos que mejor se adapten a sus necesidades y que opera bajo el sistema de licencias VTC (Arrendamiento de Vehículo de Turismo con Conductor)".

"· Los transportistas que colaboran con Cabify lo hacen bajo un régimen de contrato mercantil de servicios, ya sean empresas o autónomos propietarios de flota de vehículos VTC, que presten el servicio directamente o mediante personal laboral contratado bajo el régimen general de la Seguridad Social de manera previa al inicio de su colaboración con la compañía.

· En este sentido, Cabify no da de alta a autónomos, sino que estos ya se han constituido como tales antes comenzar su relación contractual. Los transportistas que colaboran con Cabify no perciben un sueldo mensual, ni anual de carácter fijo de ésta, sino que sus ingresos son consecuencia de la facturación de las horas y servicios realizados. Con respecto a la remuneración de los empleados de los transportistas, si los tuvieran, Cabify exige a sus transportistas que cumplan con toda la normativa vigente en materia laboral, incluyendo, entre otros, el dar de alta a sus trabajadores en el régimen aplicable de la Seguridad Social, pagar en tiempo y forma a los empleados y estar al día en sus obligaciones laborales.

· Igualmente, el sistema de control de Cabify permite trazar absolutamente todos los cobros y pagos, que nunca se realizan en metálico, lo que unido a la exigencia contractual de cumplir con las obligaciones laborales y fiscales, eliminan la economía sumergida y la precariedad existente en otros segmentos del transporte urbano como el taxi.

· La relación contractual que une a Cabify con sus proveedores se fija bajo un contrato acordado por ambas partes. En las condiciones de este contrato, Cabify exige que los servicios cumplan unas condiciones de excelencia y calidad. Según datos internos de la compañía, el 92% de los clientes de la aplicación puntúa siempre con una puntuación de 5 sobre 5 (siendo 5 la mejor puntuación) el servicio que ofrecen los colaboradores.

· En cuanto a la aludida cláusula de exclusividad en los contratos de los transportistas, ésta es en realidad una cláusula de no competencia y se refiere al uso no concurrente de dos aplicaciones móviles, pudiendo los transportistas contratar con otros clientes y de hecho haciéndolo habitualmente fuera de su tiempo de disposición.

· Cabify no ha adquirido ni obtenido, ni adquiere, licencias VTC a la Administración. Cabify ha actuado como agente facilitador de compraventa de licencias entre terceros interesados en acceder al sector y otros interesados en desinvertir, siempre bajo el marco que establece el ROTT (Reglamento De La Ley De Ordenacion De Los Transportes Terrestres), y que en su última modificación de 20 de noviembre de 2015 obliga a adquirir paquetes de al menos 7 licencias para nuevos entrantes.

· Un 60% de los vehículos que presentan servicio a Cabify pertenecen empresas, mientras que el otro 40% son de autónomos, habiendo ambos grupos accedido por igual a autorizaciones VTC, ya sea mediante la intermediación de Cabify o mediante sus propios medios.

· Con respecto a los acuerdos que Cabify gestiona entre sus proveedores y los concesionarios y/o entidades bancarias, se trata de un interés mutuo de estas empresas por conseguir ventas o contratos y, por ello, ofrecen estas ventajas para los terceros.

· En relación a la estructura societaria de Cabify, la compañía aclara que siempre ha operado y opera bajo el marco legal existente, trabajando de la mano del regulador y las autoridades competentes para adaptar su servicio a la legislación vigente y garantizar un marco de competencia justo para todos los actores. La empresa, a diferencia de otras plataformas que se vienen denominando de "economía colaborativa", con las que nada tiene que ver Cabify, cuenta con las preceptivas licencias y autorizaciones administrativas para la prestación del servicio y siempre se ha mantenido dentro de su ámbito de negocio respetando, como no puede ser de otra forma, los límites impuestos por la legislación aplicable. 

· Asimismo, Cabify tiene su empresa matriz original en Delaware (EEUU), debido exclusivamente a su etapa inicial. La empresa recibió su primera ronda de financiación en 2011 por parte de inversores americanos en Silicon Valley, y uno de los requisitos para cumplimentar el acuerdo era tener una sede fiscal en EEUU. De hecho, toda startup o empresa que tenga inversión proveniente de Estados Unidos usa una matriz en el continente americano con el fin de dar mayor tranquilidad y transparencia a los inversores locales. La elección de Delaware se debe a que es el estado norteamericano con mejores ventajas fiscales, por eso la mayoría de las startups ubican su sede fiscal allí. Dicho esto, a día de hoy la gran mayoría del capital es de accionistas españoles.

· Con independencia de la matriz original, en España Cabify opera a través de Maxi Mobility Spain SL, con la que cumple con todos los requisitos fiscales pertinentes, pagando todos los impuestos correspondientes en España, antes de reportar a la matriz.

· Por último, con respecto a las sociedades de Maxi Mobility Spain S.L constituidas en 2015 y mencionadas en la reclamación de Fedetaxi y FSC-CCOO, la compañía informa de que éstas están adscritas a licencias VTC para facilitar su transmisión a terceros, tal y como exige el marco regulatorio vigente".

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