Tecnología

Google España pagará 8.000 euros a un hombre por no respetar el derecho al olvido

El Tribunal Supremo ha condenado a Google España con pagar una indemnización de 8.000 euros a un hombre por no haber retirado de su buscador información sobre un indulto que se le había concedido a éste en 1999. La persona afectada alegaba que estos datos dañaban su derecho al honor y su intimidad personal porque no se trata de una persona de interés público. 

Los magistrados encargados del caso creen que el tratamiento de los datos personales del hombre afectado debe considerarse ilícito por ser un acto inadecuado y desproporcionado debido al tiempo transcurrido desde que sucedieron los hechos además de que no representan una fecha histórica como para aparecer en los resultados de búsqueda.

De esta forma, la sentencia desestima así la demanda que presentó Google Spain donde alegaba que la única responsable del tratamiento de estos datos era  la empresa matriz Google Inc. Además, se afirma que esta solución "supondría en la práctica un serio obstáculo para la efectividad de los derechos fundamentales" puesto que el afectado tendría que resolver sus problemas directamente contra la sociedad matriz que tiene la sede en California, lo que supondría realizar elevados gastos económicos.

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