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Lo que un abogado tiene que decir sobre los bloqueos de LaLiga a las IPTV piratas: no está claro si son legales

A pesar de que ya son varios meses desde que se inició "la guerra contra las IPTV pirata", ha sido en estas últimas semanas cuando más se ha intensificado esta batalla, y cuando más se ha notado que LaLiga va en serio con sus esfuerzos para terminar con los enlaces y plataformas que emiten los partidos sin haber pagado por los derechos de emisión.

Si bien todo el mundo está de acuerdo en que la piratería no es algo bueno, la dirección que está tomando la máxima competición futbolística de nuestro país está generando mucha controversia debido a que LaLiga, liderada por Javier Tebas, está llevando un bloqueo indiscriminado contra toda IPTV, sea legal o no.

Dicho organismo ha acusado a plataformas como Google o Cloudflare como "cómplices" de estas ilegalidades por ser los canales desde donde los piratas emiten estos partidos, y por ello estas páginas han sufrido bloqueos que les han impedido funcionar con normalidad sufriendo interferencias, cortes y demás problemas a usuarios que habían pagado por ver el fútbol o incluso otros contenidos que no tenían nada que ver.

Por esa razón muchas personas se están cuestionando la legalidad de estas acciones, y de como es posible que paguen justos por pecadores. Para responder a las dudas de los miles de usuarios afectados, el abogado Javier A. Maestre, publicó el otro día un análisis titulado 'El affaire Cloudflare' explicando en detalle la situación legal de esta situación.

El abogado explica que para llevar a cabo estos bloqueos indiscriminados, LaLiga se ampara en los art. 138 y art. 139 de la Ley de Propiedad Intelectual (LPI), que establecen que los titulares de los derechos de emisión pueden demandar directamente a los prestadores de servicios en lugar de a los infractores directos.

No obstante, el experto señala que con este procedimiento no se les está dando a los afectados la oportunidad de defenderse, lo que vulnera la libertad de expresión e información (art. 20 de la Constitución) como del derecho a la tutela judicial efectiva (art. 24 de la Constitución).

Si bien la normativa en la que se ampara en que son medidas cautelares urgentes, debido a que antes necesitaban una orden judicial y para el momento que la obtenían la retransmisión se había acabado lo que hacía bastante ineficaz esta medida. Sin embargo, el abogado encuentra que esta nueva solución es de "dudosa constitucionalidad" debido a que como señala la Audiencia Nacional para ejecutar el bloqueo se requiere que "exista una constatación de la existencia de infracción", es decir, pruebas de que están emitiendo fútbol en pirata.

No obstante, el modus operandi de LaLiga ha sido el de bloquear cualquier web o enlace que usara Cloudflare, y el problema es que la gran mayoría de estos son legales y no tienen nada que ver con el fútbol. Por todo ello, al abogado apunta a una posible violación de varios principios legales fundamentales, además de que la ley obliga a notificar las resoluciones judiciales tanto a las partes del proceso como a quienes pudieran verse afectados por ellas, cosa que hasta ahora no se ha hecho.

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