- 17/06/2017, 16:01
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Sat, 17 Jun 2017 16:01:13 +0200
ecodiario.eleconomista.es
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El Juzgado de lo Social número 10 de Sevilla ha desestimado una demanda promovida contra la sociedad municipal Limpieza Pública y Protección Ambiental (Lipasam), por un miembro del colectivo de trabajadores contratados intermitentemente entre 2013 y 2016 por dicha empresa. El juzgado, en la que sería la quinta sentencia con el mismo resultado, rechaza la petición del demandante, que "no ha justificado su derecho al llamamiento preferente por la empresa" municipal, para la que trabajó, con la categoría profesional de peón, "en virtud de contratos temporales, todos ellos suscritos bajo la modalidad de eventual" en distintos periodos de 2013, 2014, 2015 y 2016.