Antonio Méndez Baiges
- 19/04/2018, 23:57
19/04/2018, 23:57
Thu, 19 Apr 2018 23:57:55 +0200
Tal parece como si, en los últimos años, la facultad de legislar en materia tributaria se hubiera trasladado de facto desde su sede natural, el Parlamento español, a la Dirección General de Tributos, a través de consultas vinculantes y manifestaciones públicas. Antepone la DGT, casi siempre, un criterio de maximización de la recaudación por encima de la estricta aplicación de la ley, en detrimento del contribuyente. Trataremos de ilustrar este punto, clara y sucintamente, con al menos tres casos relativos a retribuciones diferidas de las empresas para sus trabajadores.