
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) investiga la compra de Esteve Teijin, una joint venture especializada en terapias respiratorias, por Oximesa, filial de Nippon Gases. En un primer análisis, la autoridad ha detectado que esta adquisición generaría riesgos para el correcto funcionamiento del sector de tratamientos respiratorios a domicilio.
En diciembre de 2024, Nippon Gases acordó la adquisición de Esteve Teijin Healthcare por más de 100 millones de euros. Esta se dedica a la fabricación y comercialización de gases medicinales, así como al suministro de equipos para terapias de oxigenoterapia domiciliaria. Hasta entonces, era una sociedad conjunta formada por la catalana Corporación Químico-Farmacéutica Esteve y Teijin Holdings Europe. Cada una poseía un 50% de esta compañía.
El proceso de venta ha estado liderado por KPMG, que junto con el despacho Faus Moliner asesoraron a la vendedora, mientras que la parte compradora contó con el apoyo de CMS Albiñana & Suárez de Lezo y Kroll Advisory.
En la primera fase del análisis, "la CNMC ha detectado una elevada concentración de ese mercado – siendo la empresa adquirida la que tendría mayores perspectivas de crecimiento -, por lo que no descarta riesgos horizontales unilaterales no coordinados", ha informado la autoridad.
Si se lleva a término la compra, esta podría tener varias consecuencias. Por un lado, la desaparición de la única empresa competidora de tamaño medio, capaz de ejercer presión sobre los dos operadores más grandes: Oximesa y Air Liquide.
También podrían existir riesgos derivados de las relaciones verticales existentes entre los mercados de distribución de productos sanitarios y el de servicios de terapias respiratorias a domicilio, así como entre este y el mercado de producción y suministro de oxígeno medicinal. No obstante, podría facilitar la coordinación de comportamientos entre las empresas presentes en un mercado transparente y organizado, donde se convocan licitaciones públicas.
Ahora, la CNMC ha iniciado la segunda fase del análisis. En ella, Competencia podrá pedir más información a los distintos operadores. Además, la notificante y terceros interesados podrán presentar alegaciones para la defensa de sus legítimos intereses.