
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha archivado la querella presentada por el president de la Generalitat de Cataluña, Quim Torra, contra la Junta Electoral Central (JEC) por ordenarle retirar los lazos amarillos y banderas esteladas que colgó de los edificios públicos en la campaña de las generales del 28-A.
En respuesta a la querella presentada en marzo, el alto tribunal no ve ilícito penal alguno en los acuerdos contra los que se dirigió Torra, que veía en ellos prevaricación. La Sala recuerda en el auto que no concurren en este caso los requisitos ni objetivos ni subjetivos del delito de prevaricación.
Según establece, los tres acuerdos impugnados en la querella de la Generalitat se dictaron en cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades de la Junta Electoral Central (establecidas en el artículo 8 de la Ley Electoral, que obliga a este órgano a velar por la transparencia y objetividad del proceso electoral.
El tribunal sigue en este caso el criterio de la Fiscalía del Supremo, que defendió la actuación del organismo de supervisión frente a la "inaceptable" conducta del dirigente de la Generalitat por sus "burdas maniobras" para evitar la retirada de lazos amarillos y banderas 'esteladas' de edificios públicos.