
Cada crisis migratoria revuelve las tripas de la Unión Europea. Cómo gestionarlas supone un desafío para el que no hay una norma que se ajuste a la realidad, un problema que se hace más evidente en las costas de los países que bordean el Mediterráneo. La última oleada de llegadas de buques con cientos de rescatados en esas aguas ha reabierto el debate este verano. España copa la lista de países que sufren el mayor colapso, el que ocurre más allá del hecho humanitario de abrir los puertos a esos barcos. Una vez pisado el suelo, el estatus que tendrán los inmigrantes es la última problemática planteada después de que con la recepción del Aquarius se activaran unas ventajas que van a dejar de aplicarse.
Cabe establecer la diferencia entre emigrante, migrante e inmigrante: el primero define a la persona que deja su país para irse a otro, el segundo -aunque utilizado como genérico para los dos otros casos- concreta el estatus de la persona en el momento del trayecto hacia el destino elegido y el tercero, matiza su condición a la llegada.
Los motivos de la migración son los que establecen la diferencia de estatus en el país de llegada: quienes huyen de un país en conflicto o de países en paz en los que son perseguidos por motivos como la raza, la religión o la orientación sexual, por ejemplo, tienen el carácter de refugiados y, por tanto, el derecho al asilo. Sin embargo, los llamados migrantes económicos, aquellos que buscan oportunidades laborales -normalmente procedentes de países de pobreza extrema- no son considerados refugiados ni tienen derecho al asilo.
Aquellos cuya identificación no sea posible podrán conseguir el estatus de apátridas si se dirigen a la Oficina de Asilo y Refugio antes de que expire el plazo de un mes desde la llegada. Los apátridas tienen reconocidos los derechos de residencia, de actividad laboral así como un documento de viaje de dos años de validez.
El Gobierno de Pedro Sánchez abrió con el Aquaius un precedente no exento de críticas
Buques como el Aquiarius o el Open Arms reúnen flujos migratorios mixtos, los rescatados en el mar iniciaron el viaje por ambos motivos. Ahí surge uno de los primeros problemas: ¿cómo se gestionan estas llegadas? Tras la atención sanitaria correspondiente en cada caso, los inmigrantes son identificados. Ahí se abren las dos vías burocráticas diferenciadas:
1. Los refugiados podrán solicitar el asilo y esperarán máximo un mes mientras se tramita la admisión. La última palabra la tendrá el Ministerio de Interior. Una vez aceptada, el asilo otorgado podrá ser permanente o revisable cada lustro. Como opción, también existe el permiso de residencia por razones humanitarias, permiso que será revisado en un periodo máximo de 12 meses.
2. A los migrantes económicos se les tramitará la devolución a los países de origen durante la estancia de 72 horas máximo que pueden permanecer en centros de control hasta su expulsión, según establece la Ley de Extranjería (.pdf).
El Gobierno de Pedro Sánchez abrió con el Aquaius un precedente no exento de críticas y que ahora no se aplicará con los llegados a Algeciras este jueves. Las 629 personas que llegaron al puerto de Valencia el 17 de junio gozaron de unos permisos extraordinarios por "razones humanitarias" en base al estado de salud de muchos de ellos. Obtuvieron un permiso de entrada extraordinario de 45 días y la tramitación de sus casos y del procedimiento de acogida fueron prioritarios. Sin distinción entre refugiados y migrantes económicos.
Casi tres semanas después, la historia se repetía con el desembarco del Open Arms en Barcelona. Los 60 migrantes gozaron de una política migratoria especial pero con cierta rebaja: los días de permiso se redujeron a 30.
Ahora, los 87 del Open Arms atracados en Cádiz no contarán con esos 'privilegios', según anunciaron fuentes del Gobierno el día antes de su llegada. Su tratamiento será como el que se aplica a los miles que consiguen tocar tierra en las costas españolas tras lanzarse al mar en pateras o lanchas hinchables: serán llevados al centro habilitado en Algeciras para la recepción, se les identificará y se tramitará cada caso en función de uno de los dos estatus, sin ventaja alguna.
El cambio de política migratoria surge tras las advertencias que desde Europa y Marruecos han llegado al equipo de Pedro Sánchez. Los vecinos del sur no están cómodos con la laxitud del Gobierno. De hecho, el último salto masivo a la valla de Ceuta activó las alarmas ante una posible oleada de llegadas, aprovechando también la vuelta de la sanidad universal para los 'sin papeles' y el anuncio de la retirada de las concertinas anunciada por el ministro de Interior, Fernando Grande-Marlaska, una medida disuasoria que los oficiales marroquíes no apoyan retirar.
Ese salto, sin embargo, también puso al Ejecutivo en una contradicción al reconocer "devoluciones sumarias" en aplicación de la legislación vigente. Más conocidas como devoluciones en caliente, la expulsión inmediata de quienes llegan a suelo español de manera ilegal no cumple con la Ley de Extranjería, que establece la obligación de dar protección a los llegados; se les pondrá a disposición policial, tendrán derecho a abogado y a recurrir la expulsión. El Gobierno de Mariano Rajoy blindó con la Ley de Seguridad Ciudadana bajo la figura de 'rechazo en frontera', aplicada desde abril de 2015 y vigente aún.
Tampoco amparan estas devoluciones las leyes internacionales, que contradicen la normativa comunitaria y al derecho internacional de los derechos humanos. Por eso España cuenta con una condena del tribunal de Estrasburgo por algunos casos ocurridos en Melilla que fue recurrida por el anterior Ejecutivo y cuyo recurso estudia el equipo de Pedro Sánchez, sobre el que se espera pronunciamiento desde el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en septiembre.
El Reglamento Dublín torpedea la actualización del asilo común; la necesidad de reforma fue reconocida por el propio Ejecutivo comunitario
El salto del plano español al plano europeo no arroja mucha más luz a la gestión de las migraciones ilegales. La política migratoria de la UE busca una reforma para el derecho al asilo, dividida entre Alemania y las potencias más fuertes de los países miembros, que promueven el reparto de migrantes en los momentos más críticos -también por incumplimiento de esta cuota cuenta España con una condena- y Hungría y los países excomunistas, que apuestan por reforzar la protección de las fronteras.
En la actualidad, el sistema de asilo comunitario se rige por el Reglamento Dublín (1990), que establece que el país donde primero se tomaron las huellas del solicitante o donde éste primero pidió protección es el que determina si se concede o no el asilo. Esta norma lleva a los refugiados a moverse entre países de manera furtiva, normalmente en busca de la reagrupación familiar, para evitar que su paso quede registrado en un país que no es el que busca como destino; Alemania, el país que más llegadas de este tipo acumula ante el desbordamiento de Grecia o Italia para registrar solicitantes con garantías, suspendió parcialmente en 2015 este sistema para disminuir el flujo entre países.
La necesidad de actualizar Dublín fue reconocida por el propio Ejecutivo comunitario debido al cambio en la naturaleza y escala de los flujos migratorios. Mientras el acuerdo siga estancado, las labores de rescate recaen cada vez más sobre buques de salvamento que se siguen encontrando con puertos cerrados, mientras la Comisión Europea parchea el problema animando a los países a participar en la creación de centros controlados a cambio de ayudas económicas de 6.000 euros por cada solicitante admitido.