
La Ley de Eficiencia de la Justicia, aprobada el pasado mes de enero, reformó la Ley de Enjuiciamiento Criminal con el objetivo de incluir delitos que se engloban en las causas de ocupación ilegal dentro de los procedimientos rápidos. En concreto, la normativa incorporó los casos de allanamiento de morada y de usurpación a los llamados juicios exprés, cuya objetivo es reducir el periodo en el que una casa está okupada de manera ilegal. Sin embargo, la Fiscalía General del Estado emitió el 26 de junio una circular vinculante para todos los profesionales del Ministerio Público que limita los casos en los que estos delitos pueden ser enjuiciados de forma rápida. De hecho, solo si el procedimiento se ha incoado por atestado policial y el autor está detenido o puesto a disposición judicial se podrá tramitar por vía exprés. De lo contrario la Fiscalía obliga a que sea un jurado popular en el que enjuicia estos delitos, lo que ralentiza el proceso.
La okupación ha sido una práctica delictiva que ha gozado de elevada permisividad por parte de las administraciones durante muchos años, lo que ha generado inseguridad jurídica para los propietarios. Esto ha provocado que muchos caseros hayan preferido sacar sus pisos del mercado a enfrentarse a un escenario en el que tenían que soportar la presencia de okupas en sus casas durante años. Mantener dicha permisividad como pretende ahora la Fiscalía es por ello una medida dañina para el sector inmobiliario. Para empezar, la inseguridad jurídica aleja la inversión en vivienda. Pero el desamparo al que siguen abocados los caseros también provocará que la oferta de pisos se retraiga justo en un momento de elevada demanda. Esto supone un caldo de cultivo perfecto para que los precios de los alquileres sigan disparados.