
De acuerdo con el artículo 29 de la ley orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, nuestro país está obligado a remitir a las autoridades europeas, junto al Programa de Estabilidad, un plan presupuestario que incorpore una senda de consolidación fiscal a medio plazo, que reduzca los ratios de déficit y deuda pública al final del período.
La gran novedad del plan enviado, de acuerdo con el proyecto de Presupuestos para 2023, estriba en la excentricidad de incluir dos escenarios debido, según las autoridades remitentes, a la incertidumbre y la inflación derivados de la invasión rusa de Ucrania. Lo más sorprendente es que ninguno de ellos se corresponde con el proyecto de ley presentado en las Cortes, de donde es fácilmente deducible que, en el mejor de los casos, dos de los tres escenarios no se van a cumplir.
El día 22 del pasado mes de noviembre la Comisión europea se pronunció sobre el plan remitido por nuestro país. En uno de los comentarios reprocha al Gobierno que en el plan anticrisis no diseñe ayudas selectivas, temporales y concretas dirigidas a las familias y empresas más vulnerables, sino que se plantean de forma indiscriminada y tendentes a anular la señal de los precios, lo que agrava el proceso inflacionario al incentivar el consumo de ciertos bienes. En concreto, calcula la Comisión que de los 19.000 millones de euros destinados a paliar la inflación, solo 6.000 evitan ambos errores, es decir, la mayoría de los recursos no se están dedicando a los hogares y negocios más sensibles y están amortiguando la señal de los precios.
Pues bien, como es por todos conocidos, los trabajadores autónomos tienen la posibilidad de acogerse, según las carácterísticas de su negocio, a dos sistema de tributación por IRPF: el de estimación directa, en su versión normal o simplificada, y el llamado de módulos o de estimación objetiva. Según este último, el trabajador por cuenta propia tributa en función de unos criterios que fija la administración para determinadas actividades, siempre que cumpla las condiciones que marca el artículo 31 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el volumen de ingresos en el año inmediatamente anterior esté dentro de ciertos límites, es decir, paga el IRPF sin tener en cuenta sus rendimientos netos. Las ventajas que se derivan del mismo es que permite a los trabajadores aliviar los costes fiscales y de administración respecto al sistema de estimación directa.
Sin embargo, la pandemia hizo que muchos negocios redujeran su facturación provocando que los costes fiscales estuvieran por encima de sus ingresos y hoy, la inflación, ese impuesto silencioso que afecta a todas las rentas, especialmente a las de los más vulnerables y que hace desaparecer las rentas fijas, hace que los trabajadores por cuenta propia superen los límites establecidos para permanecer en el sistema de módulos, al alterar nominalmente el coste por sus compras o los ingresos por sus ventas, haciéndoles caer en la estimación directa, incrementando sus costes fiscales y de administración cuando el nivel de actividad es el habitual.
La solución sería sencilla, bastaría con eliminar el efecto de la inflación sobre los límites que determinan la posibilidad de pagar impuestos de acuerdo con la estimación objetiva, es decir, modificarlos en un porcentaje igual al incremento de la inflación media a 31 de diciembre de 2022, para volver a la situación a la que tenían antes de que la subida de precios se convirtiera en algo estructural. Sin embargo, esta posibilidad fue negada por la ministra de Hacienda en la sesión del pleno del Senado celebrado el 15 de noviembre.
Ni la falta de recursos, ni la puesta en cuestión de los servicios públicos pueden ser la excusa para no acometer esta solución frente a la inflación, porque estamos en datos de recaudación históricos. Con la subida de precios corregido, en 4 años y sin haber alcanzado los datos de PIB previos a la pandemia, el Estado habrá aumentado sus ingresos en 69.445 millones de euros, 46.498 por recaudación tributaria y 22.947 millones de euros por cotizaciones a la Seguridad Social. Hasta el mes de octubre, la recaudación adicional, como consecuencia esencialmente de la inflación, ha sido de 32.285 millones de euros frente a los 9.000 previstos para todo el año.
Tampoco puede servir como argumento que el gobierno tenga la intención de controlar el gasto; resulta irónico oír decir a los responsables de la política económica del país que uno de los elementos que la definen es el de la responsabilidad fiscal, cuando desde el año 2020 gastamos 340.000 millones de euros más de lo que ingresamos, considerando los 51.000 millones de los PGE para 2023.
En estos momentos, una posibilidad para gastar parte de esos excesos de recaudación sería dedicarlos a paliar los efectos derivados de la subida de precios sobre un colectivo vulnerable muy concreto, pero muy importante para el empleo en nuestro país como es el que representan estos 600.000 trabajadores autónomos. Con ello, además seguiríamos una de las recomendaciones que ha hecho la Comisión Europea en sus comentarios sobre el plan presupuestario para 2023.
La inflación nos alcanza a todos, pero las ayudas para paliar sus efectos tienen que tener una precisión quirúrgica si no se quiere que tengan el efecto contrario al buscado. Desgracidamente, el 70% de las medidas aprobadas parecen tiradas más que dirigidas, bajo el argumento de que es muy difícil discriminar. Sin embargo, hay ocasiones en los que es obvio la existencia de un colectivo muy concreto que necesita ayuda como el que nos venimos refiriendo, pero la respuesta de las autoridades económicas españolas sigue siendo el desprecio.