
El pasado 16 de enero, Michael Pompeo, secretario de Estado de EEUU, comunicó al Congreso que suspendía por un período de 45 días a partir del 1 de febrero de 2019) la aplicación del Título III de la Ley Helms-Burton, que permitiría a antiguos propietarios afectados por las nacionalizaciones del Gobierno de Cuba a partir de 1959 reclamar una compensación ante los tribunales de EEUU frente a quienes se beneficien de dichas propiedades.
Hasta ahora, las administraciones de EEUU (desde Clinton hasta Obama, pasando por Bush y el propio Trump durante sus dos primeros años) han venido suspendiendo cada semestre la aplicación del Título III de modo que veintitrés años después de su entrada en vigor (marzo de 1996) pocos dudaban de que esa suspensión se había consolidado como una práctica de la Administración de EEUU. En 1998, la Comisión Europea y la Administración Clinton habían alcanzado un "entendimiento" por el que el presidente de EEUU continuaría suspendiendo la plena aplicación del Título III.
La ley Helms-Burton fue objeto de intenso debate desde su entrada en vigor pues supone una violación del Derecho Internacional y así lo manifestó, entre otros, el Comité Jurídico Interamericano de la Organización de Estados Americanos, porque trata de alcanzar objetivos políticos -favorecer una supuesta "transición democrática" en Cuba- por medio de la coerción económica- y ello implica ignorar el artículo 2 de la Carta de las Naciones Unidas y la Resolución 2625 (XXV) de las Naciones Unidas.
La ley Helms-Burton lesiona no solo la soberanía de Cuba, sino la de aquellos países que mantienen relaciones económicas con Cuba.
Además, constituye una vulneración de las reglas de la Organización Mundial del Comercio, como denunció la Comisión Europea en mayo de 1996 por considerar que la Ley Helms-Burton era incompatible con las obligaciones derivadas para EEUU de su pertenencia a la OMC.
Se trata de una estrategia consistente en crear un entorno de inseguridad jurídica para extender la idea de que es ilegal invertir en Cuba y en establecer sanciones contra los inversores extranjeros en la Isla con el doble fin de cumplir objetivos de política exterior de EEUU y de desplazar a los competidores en un escenario futuro.
La ley Helms-Burton lesiona no solo la soberanía de Cuba, sino la de aquellos países que mantienen relaciones económicas con Cuba. Los inversores en el exterior sólo deben cumplir con dos cuerpos normativos: las leyes vigentes en su país de origen y las vigentes en el país de destino de la inversión.
Si algo caracteriza la diplomacia del siglo XXI es que en ella tiene un peso creciente la llamada diplomacia económica, como ha recordado el presidente del Gobierno en su controvertida tesis doctoral. Cuando se afectan los intereses de los inversores españoles en el exterior se están afectando los intereses de España.
La UE debe dirigir el mensaje inequívoco a los inversores europeos de que esta vez -de verdad- no se van a quedar solos.
Es verdad que EEUU ha exhibido un apego cierto por el uso alternativo del Derecho Internacional al transitar desde su desprecio (Guantánamo o la Ley Helms-Burton) a la invocación de su protección (crisis de los rehenes en la embajada de Teherán). Por eso, más que esperar que la actual Administración de EEUU se torne sensible a los requerimientos del Derecho Internacional, lo que procede es reforzar los mecanismos de protección para que los inversores en Cuba encuentren una protección jurídica efectiva que sirva, entre otros objetivos, para excepcionar llegado el caso la jurisdicción de los tribunales de EEUU.
Entre esas medidas de protección frente a la Ley Helms-Burton, que el Reglamento de la Unión Europea 2271/96 incluye, destacan la obligación de notificación por parte de los afectados por la Ley Helms-Burton a la Comisión Europea, la prohibición de reconocer cualquier resolución judicial o de cualquier autoridad fuera del ámbito de la Unión Europea basada en la Ley Helms-Burton, la prohibición de cumplimiento de los requerimientos basados en la Ley Helms-Burton y el derecho de los nacionales de la Unión Europea a obtener una compensación por daños como consecuencia de la aplicación de ley Helms-Burton.
Lo que el momento reclama es que la Unión Europea y sus estados miembros no se limiten a lamentar la estrategia de EEUU hacia Cuba y que dirijan el mensaje inequívoco a los inversores europeos de que esta vez -de verdad- no se van a quedar solos.