Opinión

José A. Herce: El futuro ya no es lo que era

Hace dos semanas se logró un acuerdo sobre la reforma de las pensiones entre el Gobierno y los interlocutores sociales que ha sido la espina dorsal del todavía más reciente Acuerdo Social y Económico suscrito la semana pasada por los mismos agentes.

La trascendencia del primero no puede obviarse. Con él se fortalece considerablemente la sostenibilidad futura de las pensiones contributivas de la SeguridadSocial.

Todos los estudios realizados durante los últimos 20 años, cuando las proyecciones de población a 2050 comenzaron a estar disponibles, revelaban sistemáticamente que, a largo plazo, coincidiendo con la jubilación de los baby-boomers (los nacidos entre 1965 y 1975) el sistema español de pensiones públicas estaba llamado a sufrir una gran insuficiencia financiera  resultante del deterioro de su relación cotizantes/pensionistas.

Ello independientemente de unas perspectivas a corto plazo que, naturalmente, han sido muy variables en función de la evolución del mercado de trabajo en cada momento.

Sistemáticamente, con la legislación del momento dada, el sistema de pensiones estaba abocado, según estos análisis, a tener un déficit entre ingresos y gastos equivalente a entre 6 y 8 puntos porcentuales de PIB alrededor de 2050. Si, en esas condiciones, se impusiera el equilibrio financiero del sistema en cada año, las pensiones deberían reducirse a la mitad o las cotizaciones duplicarse para lograrlo.

Con todo, y éste es un aspecto apenas resaltado en los estudios pasados, esas pensiones de 2050, sensiblemente recortadas, serían seguramente mayores que las actuales, incluso en capacidad de compra, si bien su proporción respecto a los salarios del momento habría caído considerablemente, extendiendo la sensación de pobreza relativa entre los pensionistas. La sostenibilidad de las pensiones estaba seriamente en entredicho.

La reforma de las pensiones realizada en nuestro país ha hecho al sistema sensiblemente más sostenible. Sin que ello quiera decir que no habrá que seguir profundizando en los mecanismos que garanticen la plena sostenibilidad a largo plazo a medida que las circunstancias demográficas futuras lo requieran y las condiciones de cada momento lo permitan.

Un elemento muy importante del acuerdo logrado es la definición del llamado factor de sostenibilidad, muy similar al factor demográfico que en su momento incluyeron las reformas alemana, sueca y de otros países, que implica la revisión de los mecanismos establecidos ahora a partir de 2027 si dichas circunstancias demográficas lo requieren.

Dos pilares fundamentales

La reforma de las pensiones gira sobre dos pivotes cruciales. En primer lugar, la ampliación del periodo de cómputo de la base reguladora de la pensión, que pasa de 15 a 25 años.

En virtud de este cambio, las bases de cotización más alejadas del momento de la jubilación, por lo general más reducidas, entrarán a formar parte de dicho cálculo rebajando también la base reguladora y la pensión que se determine sobre ella.

Esta disminución afectará más a quienes hayan tenido una curva de salarios (que tiene generalmente forma de U invertida) más pronunciada, lo que introducirá más años de menores cotizaciones en el cómputo de la pensión. Pero no se olvide que esta medida aumenta la correspondencia entre lo cotizado y lo percibido en forma de pensión.

En segundo lugar, la reforma establece un mecanismo de retraso de la edad efectiva de jubilación muy potente ya que, junto a la edad legal, que pasa de los 65 a los 67 años, se contempla la edad mínima de jubilación anticipada, que pasa de los 61 a los 63 años y una carrera de cotización que pasa de 35 a 37 años para tener derecho al 100 por cien de la pensión que  corresponda según la nueva base reguladora.

Quienes hayan cumplido 38,5 años de cotización podrán jubilarse a los 65 años con ese 100 por cien, no obstante, se mantienen las excepciones para la minería y los trabajadores del mar y se equiparan, bajo ciertas condiciones, los periodos de cuidado de hijos y trabajo como becario académico con periodos ordinarios de cotización con un máximo de dos años.

Al mismo tiempo, se hace uniforme el puntaje de pensión que corresponde a cada año cotizado por encima de los quince primeros eliminando el incentivo a jubilarse tempranamente que tenía el sistema de puntos de pensión al que sustituye.

El nuevo mecanismo sobre el que gira la edad efectiva de jubilación no disminuye la pensión, aunque sí logra aumentar los años de cotizaciones y disminuir los años de disfrute de la pensión.

Este reequilibrio era absolutamente necesario cuando la esperanza de vida no cesa de aumentar (a razón de un trimestre por año) al mismo tiempo que la edad de entrada a la actividad laboral.

En esta álgebra vital, independiente de la natalidad, la inmigración o la productividad de la economía, el mantenimiento de una edad de jubilación que se fijó hace más de un siglo, cuando la esperanza de vida era menos de la mitad de lo que es en la actualidad, es algo que ningún sistema de pensiones puede permitirse.

Esta reforma evitará una buena mitad del déficit a largo plazo previsto para nuestro sistema de pensiones públicas y, por lo tanto, puede considerarse muy relevante para su sostenibilidad futura.

Hará mucho más fáciles las reformas posteriores que, a la vista de las circunstancias de cada momento, deban seguir adoptándose y más viables los mecanismos complementarios de financiación de la jubilación existentes y por adoptar más adelante para determinar la plena garantía de rentas para los pensionistas venideros. El futuro de las pensiones es ahora mejor de lo que era hasta hace poco.

José A. Herce. Socio de Afi.

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