Dicen que las segundas partes nunca fueron buenas. Mucho me temo que este artículo, secuela del publicado en estas páginas el pasado 20 de mayo, tampoco viene plagado de buenas noticias para el Gobierno. Y es que no soplan buenos vientos: cifras de paro alarmantes, déficit desbocado y gestión económica que ha hecho que hasta algún destacado líder sindical se refiera a nuestros líderes como "pandilla de aficionados". Con ese currículum se entiende mejor el pánico inversor de los últimos días y los descalificativos provenientes de los medios internacionales (no, señor presidente, la mala gestión no es imputable ni al antipatriotismo, ni a los especuladores, ni a la leyenda negra de Guillermo de Orange regresada del pasado para vengarse de los tercios de Flandes).
En este contexto, el asunto de la financiación de RTVE puede parecer trivial. Pero no lo es. Se encuentra en juego el futuro de un amplio colectivo de profesionales y, desde luego, el interés económico general en su expresión de libre competencia en el sector audiovisual.
En la primera entrega de este artículo ya cuestionábamos si el entonces proyectado modelo de financiación de RTVE -sustentado en la imposición de una contribución como porcentaje de ingresos a operadores audiovisuales (3 por ciento para operadores en abierto y 1,5 por ciento para los de pago) y de telecomunicaciones (0,9 por ciento)- había sido suficientemente meditado. El tiempo ha confirmado esas dudas, pues el pasado diciembre la Comisión Europea abrió una fase de investigación en profundidad contra España en relación al nuevo modelo de financiación, aprobado por Ley 8/2009, de 28 de agosto. En el procedimiento administrativo sobre ayudas de Estado, esta investigación en profundidad se abre sólo cuando existen serias dudas sobre la legalidad de la medida. La Comisión identifica la existencia de una ayuda de Estado a favor de RTVE, debiendo analizarse ahora si existe excepción legal que justifique el mantenimiento de dicha ayuda.
Uno de los aspectos de análisis que la Comisión, de momento, no aborda es el de la posibilidad de que exista ayuda de Estado, no ya a favor de RTVE, sino también a favor de las empresas que, en virtud de la Ley 8/2009, quedan exentas del gravamen. En efecto, sorprende que, sin justificación aparente alguna de Derecho constitucional o tributario, la Ley 8/2009 excluya del gravamen a los operadores de ámbito autonómico o local. Obligar al pago nada más que a los operadores de ámbito supraautonómico, declarando exentos los de ámbito inferior, no se justifica en razón alguna objetiva: RTVE ejerce sus labores de servicio público para la totalidad del territorio, y la razón aducida por la Ley 8/2009 para el gravamen (retirada de RTVE del mercado de la publicidad) no distingue en virtud del ámbito territorial (estatal o autonómico) del operador.
En condiciones normales, la Comisión debería adoptar una decisión sobre el modelo de financiación de RTVE en el plazo de 18 meses a contar desde la apertura de la fase de investigación en profundidad. Hasta entonces, las empresas afectadas por la contribución pueden consolarse pensando que, legalmente, el Gobierno se encuentra impedido de asignar a RTVE financiación alguna que proceda de los impuestos introducidos por la Ley 8/2009. Si a lo anterior se unen las dudas manifestadas por la Comisión sobre la compati-bilidad de la tasa con la normativa sectorial de telecomunicaciones (Directiva CE 2002/20) -dudas confirmadas en la reciente apertura de expediente a Francia por vulneración de esa Directiva con el modelo francés de financiación de su televisión pública, modelo idéntico al español, pues fue copiado por nuestro Gobierno-, nos encontramos con que aumentan las posibilidades de que el nuevo modelo de financiación de RTVE salte por los aires. Otro varapalo, uno más, para el Gobierno.
Pedro Callol, abogado especialista en Derecho de la Competencia.