El Consejo de Ministros aprobó ayer la reforma de la plusvalía para adaptarla a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, que hace pocos días declaró nulo el método de cálculo del impuesto.
La rapidez de reacción de Hacienda es lógica ante la importancia para los ayuntamientos de este tributo, que grava la revalorización del suelo ante una venta, donación o herencia de una vivienda. El problema es que esta reforma supone un varapalo fiscal para los fondos de inversión y las inmobiliarias. Bajo el peregrino argumento de frenar la especulación, el Gobierno ha decidido que serán gravadas las plusvalías generadas en menos de un año, es decir, las que se producen cuando entre la fecha de adquisición y de transmisión pasan como máximo 12 meses. Resulta inaudito que el Ejecutivo tome una decisión de este calibre que atenta directamente contra la naturaleza misma del negocio de las empresas del sector inmobiliario, cuyo legítimo objetivo no es otro que obtener beneficios con la compra y venta de los activos. Por desgracia, la nueva plusvalía se alinea con otras recientes medidas del Gobierno, como la futura ley de vivienda, en cuanto a su capacidad para criminalizar la actividad de la empresas y crear incertidumbre entre los inversores.
Gravar fiscalmente las operaciones cerradas en menos de un año atenta con la naturaleza del sector inmobiliario
Por si fuera poco, la reforma tampoco contribuirá a evitar que la plusvalía siga siendo una fuente de litigios como ha ocurrido hasta ahora, y como demostró la sentencia del Constitucional. Muy al contrario, los juristas ya atisban riesgo de inconstitucionalidad al regularse el impuesto por decreto y no por ley ordinaria. Por todo ello, esta reforma solo puede ser calificada como ineficaz e injusta y solo contribuirá a frenar la inversión en el sector inmobiliario.