
La reforma de la Ley de Sociedades de Capital en la que ya trabaja el Gobierno amenaza con reabrir la vieja polémica, en la que incluso el Tribunal Supremo tuvo que intervenir, sobre la publicación de los sueldos de los administradores de empresas.
El conflicto tuvo un largo recorrido, ya que data del año 2014, cuando se introdujeron cambios en la citada ley para mejorar el gobierno corporativo. Desde entonces, surgieron en este ámbito interpretaciones abiertamente dispares, defendidas incluso por diferentes organismos del Estado (lo que hacía que el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Hacienda discreparan en este ámbito). Así, existió por un lado una doctrina que diferenciaba dos tipos de funciones en los consejeros delegados, las "administrativas" y las "ejecutivas", de modo que sólo las retribuciones ligadas a las primeras tenían la obligación de aparecer en los estatutos y ser decididas por los socios. Otra doctrina, sin embargo, no daba validez a esa diferencia y defendía que toda remuneración debía constar en los estatutos. Éste fue el parecer del Tribunal Supremo en el fallo con el que, en el año 2018, puso fin a las discrepancias. Sin embargo, la reforma legal que ahora impulsa el Gobierno no se alinea con el parecer del Alto Tribunal. En concreto, según se desprende de sus líneas maestras, atribuye carácter voluntario a la publicación de las remuneraciones de los componentes del consejo de administración.
La reforma de la Ley de Sociedades vuelve a crear disparidad sobre la publicación de los sueldos de los ejecutivos
Vuelve así a fomentarse la disparidad de interpretaciones, lo que puede generar conflictos en el seno de las sociedades. En paralelo, también debe considerarse el impacto que la pérdida de transparencia en materia de remuneraciones puede suponer para el buen gobierno corporativo.