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El Libro de Familia pasa a mejor vida: por qué, cómo se sustituirá y para qué trámites servirá

  • La reforma hacia al era digital llevaba aprobada desde 2011
  • Este 30 de abril se dejarán de expedir, pero los antiguos mantendrán validez
  • El Libro de Familia nación en 1915 y contiene los datos de la vida civil
Foto: Dreamstime.

Este 30 de abril entrará en vigor una norma que llevaba aprobada desde 2011. La Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil acaba con el Libro de Familia como tal. Un objeto que, desde 1915 ha acompañado a todas las casas españolas, pero ya se quedaba anticuado ante las nuevas tecnologías. De esta forma, no se expedirán más librillos en formato físico dando paso a la era digital.

Una década atrás, bajo el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, se dio el visto bueno al inicio del plan para modernizar el Libro de Familia. Un proceso que finaliza este viernes, 30 de abril, cuando ya no se emitirá nunca más dando paso a un registro electrónico individual en el que cada ciudadano podrá consultar sus datos de vida.

Así lo estipuló por entonces el Boletín Oficial del Estado (BOE), dejando claro que "se deroga la Ley de Registro Civil de 8 de junio de 1957 que, no obstante, seguirá siendo aplicada en tanto quede extinguido el complejo régimen transitorio previsto en la Ley. De este modo se prevé un régimen de incorporación progresiva de los registros individuales y se mantienen temporalmente los efectos que el ordenamiento vigente atribuye al Libro de Familia".

Las pérdidas del libro o las disputas ante divorcios han sido dos grandes problemas a los que ahora se pone fin

Con el proceso ya completado, no volverá a haber más Libros de Familia aunque se mantendrán los existentes para todos aquellos no familiarizados con la era digital. Por lo tanto, seguirán teniendo validez, aunque el nuevo registro electrónico facilitará todos los trámites incluso ante pérdidas.

Y es que el extravío del Libro de Familia ha sido un gran inconveniente durante todos los años. Por mudanzas, reformas o diversos movimientos, muchos de estos librillos se han perdido generando lentitud burocrática. Además, ante divorcios (cuando más se solicitan), han surgido problemas como el que una de las partes de la pareja no quisieran entregar a la otra este papel, lo que derivaba en grescas y largos procesos de entendimiento.

¿Cómo será el nuevo registro?

Manteniendo la esencia del ya antiguo Libro de Familia, el nuevo registro electrónico entrará en vigor el 1 de mayo. Dando rapidez a los trámites y facilitando su alcance, en tiempos de coronavirus, consistirá en una base de datos donde cada individuo contará con una hoja o extracto donde figuren sus datos personales.

Para acceder a ello será necesario una identificación electrónica, como ya se solicita en otros trámites como la Declaración de la Renta o para el permiso de conducir. Además, esta base de datos se irá actualizando de forma automática, una vez se vuelquen los datos aportados.

Como el antiguo Libro de Familia servirá para sacarse el DNI o el de un hijo menor, el pasaporte, tramitar la baja maternal, dar de alta a los hijos en la cartilla de la Seguridad Social, empadronarse, solicitar plaza en una guardería o en un colegio público o concertado, solicitar el paro o cobrar el subsidio cuando este se termina... entre otras muchas tareas.

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