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¿Conducir con escayola en el brazo, la pierna o con collarín? Esto es lo que dice la DGT

Conductor conduciendo con una escayola en el brazo | Fuente: iStock

Aunque puede resultar sorprendente, existe un número de conductores que alguna vez se ha realizado esta pregunta: ¿puedo conducir con la escayola puesta? La necesidad de muchas personas de desplazarse al trabajo con su coche hace que, aunque se encuentren con una lesión, opten por coger su vehículo.

Sin embargo, no siempre son personas con necesidades imperiosas de desplazarse en el trabajo. De hecho, hace varios años, se pudo ver a Iker Casillas, ex portero del Real Madrid y de la selección española, desplazándose en su coche con una escayola. Eso sí, el jugador no fue sancionado por la DGT por supuesta falta de pruebas.

¿Puedo conducir con una escayola?

El Reglamento General de Circulación hace referencia, en su artículo 18.1, al hecho de conducir con una escayola colocada en cualquier parte del cuerpo. En este epígrafe se indica que el conductor "está obligado" a mantener "libertad de movimientos, un buen campo de visión y la atención a la conducción" con el objetivo de mantener la seguridad vial.

Por lo tanto, y tal como reza el artículo 18 del Reglamento General de Circulación, un conductor con una escayola no podría cumplir con uno de los elementos mencionado, el que atañe a la libertad de movimientos. De este modo, circular con esta protección estaría prohibido.

En caso de hacer caso omiso a la normativa y decidir conducir con una escayola, debes saber que la infracción puede considerarse de formas posibles, según la interpretación del agente: conducción temeraria o conducción negligente.

En el caso de tratarse de sanción sería leve, siempre y cuando se considere que no estamos manteniendo la libertad de movimientos al conducir). Esto se traduce en una multa de 80 euros, sin pérdida de puntos en el carnet de conducir.

Por el contrario, si se trata como conducción negligente, la cuantía aumentaría hasta los 200 euros y sin pérdida de puntos. Además, si dicha infracción es calificada como grave, es decir, hablamos de conducción temeraria, estaríamos expuestos a recibir una multa de 500 euros y seis puntos en el carnet de conducir.

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