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Estas son las enfermedades con las que no podrás renovar el carnet de conducir en 2025

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Conducir de forma segura implica que el conductor debe disponer de unas capacidades perceptivas, cognitivas y motoras mínimas. Los malos hábitos (como la falta de descanso) y las malas decisiones (como la ingesta de alcohol) perjudican la capacidad de percibir estímulos, de procesar la información y ejecutar la respuesta, del mismo modo que ciertas enfermedades pueden influir de manera negativa sobre la conducción.

En 2016, el Parlamento Europeo acordó la actualización la normativa comunitaria sobre afecciones que afectan a la aptitud del conductor a través de la Directiva europea 2016/1106, siguiendo los conocimientos científicos más recientes. Y más tarde, en 2018, el Gobierno trasladó la directiva a nuestro Reglamento General de Conductores mediante la Orden PRA/375/2018. De esta manera, la norma más actualizada atañe a los conductores que pretendan obtener o renovar el permiso de conducción desde 2018.

El Anexo IV del Reglamento General de Conductores recoge todas las aptitudes psicofísicas requeridas para obtener o prorrogar la vigencia del permiso o de la licencia de conducción, así como todas las "enfermedades y deficiencias que serán causa de denegación o de adaptaciones, restricciones de circulación y otras limitaciones en la obtención o prórroga del permiso o la licencia de conducción". Repartidas en catorce apartados, todas estas limitaciones atañen a la capacidad visual, a la capacidad auditiva, al sistema locomotor, al sistema cardiovascular, a los trastornos hematológicos, al sistema renal, al sistema respiratorio, a enfermedades metabólicas y endocrinas, al sistema nervioso y muscular, a los trastornos mentales y de conducta, a los trastornos relacionados con sustancias, a la aptitud perceptivo-motora o a otras causas no especificadas.

A pesar de que se pueden consultar las enfermedades y deficiencias junto con sus limitaciones en el texto original, la DGT proporcionó recientemente un listado a modo de resumen con 35 enfermedades que limitan o impiden la obtención/renovación del carnet. Estas son:

  • Accidente isquémico transitorio.
  • Alzheimer.
  • Aneurisma de grandes vasos.
  • Apnea del sueño.
  • Arritmias.
  • Crisis o pérdida de conciencia.
  • Demencia o trastorno de ansiedad.
  • Depresión.
  • Desfibrilador automático.
  • Diabetes mellitus insulinodependiente.
  • Disección.
  • Dolencias oncológicas.
  • Enfermedades cardíacas.
  • Enfermedades degenerativas, neurológicas y crónicas.
  • Enfermedades digestivas.
  • Enfermedades endocrinas.
  • Enfermedades neurológicas.
  • Enfermedades oncológicas.
  • Enfermedades respiratorias.
  • Epilepsia.
  • Esclerosis lateral amiotrófica
  • Hipotiroidismo y paratiroides.
  • Infarto agudo de miocardio.
  • Marcapasos.
  • Nefropatía con diálisis.
  • Parkinson.
  • Problemas vasculares.
  • Prótesis valvulares.
  • Trasplante renal.
  • Trastorno de la personalidad.
  • Trastorno del desarrollo intelectual.
  • Trastorno obsesivo-compulsivo.
  • Trastorno por déficit de atención con hiperactividad (TDAH).
  • Trastornos del sueño.
  • Trastornos oncohemáticos.
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