Este articulo ha sido realizado en colaboración con Andrés Luís Romera, Auditor de Seguridad Vial.
La Ley de Movilidad Sostenible, pendiente de aprobación en el Congreso de los Diputados, traerá consigo nuevas limitaciones a la movilidad ciudadana, mucha burocracia y con ello más tasas e impuestos.
El Proyecto de Ley de Movilidad Sostenible del Gobierno llegó al Congreso de los Diputados el pasado 27 de enero para su aprobación por el procedimiento de urgencia, y está en periodo de enmiendas hasta el próximo día 9 de febrero. El objeto de la Ley es lograr un sistema de movilidad sostenible, justo e inclusivo, para alcanzar los objetivos de reducción de gases de efecto invernadero y otros contaminantes, mejorando con ello la calidad del aire, además de contribuir a un desarrollo económico resiliente.
Los objetivos de esta Ley son muy loables, pero para alcanzar dichos objetivos la norma debería ser sencilla, clara y concisa, ya que su desarrollo se va a realizar mediante reglamento. Todo lo contrario que esta ley, que es muy farragosa, y que además generará una impresionante burocracia para su desarrollo, que pagaremos todos los ciudadanos con tasas e impuestos.
Inmensa burocracia
Decía Napoleón Bonaparte (1769-1821) que "si quieres que algo sea hecho, nombra un responsable. Si quieres que algo se demore eternamente, nombra una comisión". Y parece que esto último es lo que busca el Gobierno con esta Ley, que va ser un verdadero quebradero de cabeza para poder encajar todas las piezas, hasta 10 nuevos organismos y cientos de integrantes, y conseguir que funcione.
Hasta ahora, la movilidad era gestionada por el Ministerio del Interior, como la Seguridad Vial y el Tráfico, a través de dos organismos: la Conferencia Sectorial de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible, como órgano de cooperación entre Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas y Ciudades Autónomas en las materias indicadas. El otro organismo es el Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible, como órgano de consulta y participación en las materias indicadas.
La nueva Ley de Movilidad Sostenible modifica el Real Decreto Legislativo 6/2015, para quitar la competencia de movilidad sostenible de estos órganos, y por ende del Ministerio del Interior. Y traspasa dicha competencia al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, lo cual no nos parece mal si esto no hubiera ocasionado un aumento exagerado de la burocracia.
Sistema Nacional
Se crea el Sistema Nacional de Movilidad Sostenible como instrumento esencial para permitir la coordinación, colaboración, evaluación y eficacia de las políticas públicas de movilidad, teniendo rango de Secretaría de Estado. Pero todo ello sin especificarorganigrama,ni medios humanos y materiales adscritos a la misma. Ya tenemos el primer elemento de la burocracia.
Se crea la Conferencia Sectorial de Transportes como órgano coordinador de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas en materia de transportes y movilidad, para asegurar el mantenimiento de un sistema común de transportes en toda la Nación. Este órgano está compuesto por 20 miembros, actuando el ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana como presidente, sin especificar tampoco medios humanos y materiales adscritos al mismo. Ya tenemos el segundo elemento de la burocracia.
Se crea el Foro Administrativo de Movilidad Sostenible como órgano de cooperación eficaz y coherente de la Administración General del Estado, de las Comunidades y Ciudades Autónomas, y de las administraciones locales en materia de transporte y movilidad. Este órgano está compuesto por 23 miembros, a los que hay que añadir las vicepresidencias y representación de las entidades locales que se determinará reglamentariamente. En este caso actuará el Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana como presidente, sin especificar tampoco medios humanos y materiales adscritos al mismo. Ya tenemos el tercer elemento de la burocracia.
Consejo superior
Se crea el Consejo Superior de Movilidad Sostenible como órgano consultivo en materia de movilidad y transportes en sus diferentes aspectos, para la participación y cooperación entre los sectores económicos, las organizaciones sociales, las personas usuarias y las administraciones públicas (Punto 2 del artículo 12 de la Ley). No se conoce el número de miembros ya que su composición, estructura y funcionamiento se establecerá reglamentariamente.
Pero si su composición es similar a la de su homónimo Consejo Superior de Tráfico y Seguridad Vial, podemos estimar que contará con un mínimo de 90 miembros, e igualmente sin especificar medios humanos y materiales adscritos al mismo. Además, se organizará en secciones correspondientes a los diferentes ámbitos temáticos en los que se considere estructurar su actividad. Ya tenemos el cuarto elemento de la burocracia.
El Espacio de Datos Integrado de Movilidad (EDIM) es el instrumento digital del sistema, y quedará bajo la dirección del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en coordinación con la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial. No se especifica su composición, estructura y funcionamiento, ni los medios humanos y materiales adscritos al mismo. Pero sí se fija en esta Ley una partida obligatoria en los Presupuestos Generales del Estado para el "Adecuado desarrollo del EDIM". Ya tenemos el quinto elemento de la burocracia.
Domos
El Documento de Orientaciones para la Movilidad Sostenible (Domos) y sus documentos complementarios forman parte del sistema, y el anteproyecto del Domos será elaborado por una Comisión Técnica, cuya composición se desarrollará mediante reglamento. Por ello, no conocemos el número de sus miembros pero podemos estimar una cifra elevada. Deberá contar con representantes de todas las Administraciones, representante del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y representante del Ministerio del Interior, a través de Dirección General de Tráfico. Estará coordinada por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, sin especificar medios humanos y materiales adscritos al mismo. Ya tenemos el sexto elemento de la burocracia.
La Estrategia plurianual de concienciación y sensibilización en materia de movilidad sostenible será elaborada por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en el marco de la Administración General del Estado. Se desarrollará a través de planes bienales, detallándose cada año, en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, las partidas específicas asociadas a estas actuaciones de concienciación y sensibilización en el marco de la estrategia, sin especificar medios humanos y materiales adscritos al mismo. Ya tenemos el séptimo elemento de la burocracia.
El Instrumento de Planificación Estratégica Estatal de Movilidad (IPEEM) es el Instrumento de planificación estratégica, del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en materia de infraestructuras de transporte, servicios de movilidad y transporte de competencia estatal. Será informado por el Consejo Asesor del Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Si su composición es similar a la actual, estará formado por 15 miembros, y el Ministerio facilitará los medios materiales y personales necesarios para el funcionamiento del Consejo, y su coste del funcionamiento será atendido con los créditos existentes en el Ministerio. Ya tenemos el octavo elemento de la burocracia.
Transporte terrestre
La Conferencia Sectorial de Infraestructuras de Transporte Terrestre órgano coordinador de la política estatal en materia de Infraestructuras con las de las Comunidades y Ciudades Autónomas. Si su composición es similar a la de la Conferencia Sectorial de Transportes estará constituida por 20 miembros, sin especificar medios humanos y materiales adscritos a la misma. Ya tenemos el noveno elemento de la burocracia.
Además, para llevar a cabo la coordinación inmediata y ordinaria se podrán crear comisiones de directores generales, competentes en materia de infraestructuras de transporte terrestre, de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla, constituida por 20 miembros. A su vez, éstas podrán crear las subcomisiones y grupos de trabajo que resulten necesarios, sin especificar medios humanos y materiales adscritos a las mismas. Ya tenemos el décimo elemento de la burocracia.
El Consejo Nacional de Transportes se integrará como una sección del Consejo Superior de Movilidad Sostenible, que en la actualidad está compuesto por 70 miembros, sin especificar medios humanos y materiales adscritos a la misma. Ya tenemos el undécimo elemento de la burocracia.
La Conferencia Sectorial de Transportes, órgano coordinador de las potestades públicas de las Administraciones del Estado y de las Comunidades Autónomas en materia de transportes y movilidad, está compuesta por 20 miembros, e igualmente sin especificar medios humanos y materiales adscritos a la misma. Este es el duodécimo elemento de la burocracia.
La Comisión de Directores Generales de Transporte Terrestre se crea con el objeto de conseguir la coordinación inmediata y ordinaria de las competencias estatales y autonómicas, constituida por 20 miembros, que a su vez puede crear las subcomisiones y grupos de trabajo que resulten necesarios. Tampoco se especifican medios humanos y materiales adscritos a las mismas. Ya tenemos el decimotercer elemento de la burocracia.
Como se observa para el desarrollo de esta nueva Ley se necesitan un número mínimo de 10 organismos, entre conferencias sectoriales, comisiones, consejos asesores, etc., constituidos por un número mínimo de 300 miembros, además de medios materiales y humanos adscritos a los mismos, lo que implica que el sistema necesitará una inyección económica muy fuerte para su funcionamiento.
Más financiación
Para conseguir la inyección económica indicada en el punto anterior se ha incluido en esta Ley de Movilidad Sostenible la previsión de que en los Presupuestos Generales del Estado de cada año se doten las partidas necesarias para asegurar el adecuado funcionamiento del Sistema Nacional de Movilidad Sostenible incluyendo, entre otras, las siguientes:
-Costes de funcionamiento y secretaría del propio Sistema Nacional de Movilidad Sostenible y de sus instrumentos de gestión y participación.
-El adecuado desarrollo del Espacio de Datos Integrado de Movilidad (EDIM).
-Programas de sensibilización e información a la ciudadanía.
-Otras actividades de análogo carácter que se determinen en el Plan de Trabajo Bienal elaborado por el Foro Administrativo de Movilidad Sostenible.
Más impuestos y tasas
Los Presupuestos Generales del Estado se elaboran bajo el principio de que los gastos e ingresos, reflejados en los mismos, deben ser iguales para que el Estado no tenga ni beneficio ni perdidas.
La tremenda burocracia generada en la Ley de Movilidad Sostenible ha provocado la creación de al menos 10 órganos (incluidos el Sistema Nacional de Movilidad Sostenible, comisiones técnicas, Consejo Asesor, etc.) para desarrollar el contenido de la misma, lo que va a generar un incremento en los gastos del Estado, que estimamos va a ser elevado.
Al incrementarse el gasto del Estado, por la burocracia indicada, se van a tener que incrementar en la misma medida los ingresos del Estado, y ya sabemos que esto sale siempre de nuestros bolsillos a través de impuestos y tasas.
Nueva tasa
En relación a este punto la Ley ha previsto una nueva tasa (disposición final segunda) mediante la modificación del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Esta modificación se ha realizado para permitir, en las zonas de bajas emisiones y mediante el pago de una tasa, la circulación de vehículos que superen los límites o categorías máximas que se hayan establecido para circular por las mismas.
Para el cálculo del precio de la tasa se puede utilizar como valor de referencia de mercado el coste que hubiera tenido que abonar ese vehículo si hubiera estacionado en un aparcamiento público, en lugar de circular por la zona calificada de bajas emisiones.
Esta disposición final segunda contradice lo indicado en el Artículo 5.- Restricción de acceso, circulación y estacionamiento de vehículos y clasificación ambiental del Real Decreto 1052/2022, de 27 de diciembre, por el que se regulan las zonas de bajas emisiones, donde se indica:
" se llevará a cabo prohibición o restricción de acceso, circulación y estacionamiento de vehículos con más potencial contaminante en las zonas de bajas emisiones ..".
Conclusiones
Se nos vienen encima más impuestos y tasas para pagar toda la nueva burocracia en forma de secretarias, conferencias, consejos, comisiones, subcomisiones, asesores, etc. Esperemos que encima no tengamos que pagar por el uso de las carreteras como apuntábamos en nuestro artículo del pasado 4 de marzo, y es que si entonces se estaba tramitando la Ley con el título de Ley de Movilidad Sostenible y Financiación del Transporte, en la actualidad ha desaparecido el termino Financiación del Transporte, y las referencias al pago por uso existentes anteriormente.
El Congreso de los Diputados previsiblemente dará su visto bueno en las próximas semanas a una ley que:
-Va a necesitar varios años hasta que finalmente sea operativa.
-Va a ser promulgada por un Gobierno, que cada día parece más probable que no continuará tras las próximas elecciones.
-Va a suponer la implantación de nuevos impuestos y tasas para pagar la creación de organismos y nuevos puestos de trabajo de primer nivel.
Más parece esta Ley un plan de contratación de personal que uno de "movilidad sostenible".