El Ayuntamiento de Madrid tenía previsto que las multas por acceder al interior de la M-30 con un vehículo con distintivo 'A' (sin etiqueta) comenzasen a emitirse desde este 1 de marzo. Sin embargo, el consistorio acaba de anunciar que el periodo de avisos, activo desde enero, se prorroga durante dos meses más.
La medida ha sido tomada para ofrecer mayor seguridad jurídica a los ciudadanos, según explican. "Al introducir modificaciones en la base de datos tras los últimos cambios de empadronamiento de vehículos en el mes de diciembre podrían producirse sanciones indebidas", argumentan desde el Ayuntamiento.
Este aplazamiento no implica que estos vehículos puedan acceder libremente al interior del perímetro acordonado, ya que desde el pasado 1 de enero está prohibido. Además, si un conductor accede de forma irregular ante los ojos de los Agentes de Movilidad, no se librará de la multa. No obstante, aquellos que sean captados por las cámaras únicamente recibirán una carta informativa que les notificará que han realizado una maniobra indebida, exenta de multa económica (a menos que sean reincidentes).
Desde que comenzó el año, se han expedido 30.855 cartas informativas a los titulares de vehículos que infringieron la norma. En ellas, se especifican las razones que han motivado su regulación, la fecha prevista para su efectiva operatividad y la cuantía a la que habría ascendido la sanción. La media de accesos diarios captados como indebidos se sitúa en 1.454 vehículos, un total de más de 78.000 accesos en este periodo, de los cuales la tasa de vehículos reincidentes es del 31,7 %.
Hasta el 20 de marzo de 2022, la entrada no permitida a las zonas de bajas emisiones constituye una infracción leve de tráfico y puede ser sancionada con 90 euros, 45 euros si es por pronto pago. No obstante, a partir del 21 de marzo de 2022 se sancionará como infracción grave de tráfico con multa de 200 euros, 100 euros si es por pronto pago.
Funcionamiento de la ZBE de Madrid
La Zona de Bajas Emisiones de Madrid está regulada en el artículo 21 de la Ordenanza de Movilidad Sostenible (OMS) con el objetivo de proteger la salud humana y el medio ambiente urbano en toda la ciudad.
Para ello, contempla la restricción progresiva y por anillos territoriales de la circulación a los turismos con clasificación ambiental A (diésel matriculados antes del año 2006 y gasolina previos al año 2000) desde enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2024.
Así, el Ayuntamiento ha establecido un calendario con diferentes restricciones para los vehículos más contaminantes:
- Desde el 1 de enero de 2022, queda prohibido su acceso y circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, excluyendo la propia M-30.
- Desde el 1 de enero de 2023, queda prohibido su acceso y circulación también por la M-30.
- Desde el 1 de enero de 2024, queda prohibido su acceso y circulación por todas las vías públicas urbanas del municipio de Madrid.
- Desde el 1 de enero de 2025, la prohibición de 2024 se extiende también para los turismos A domiciliados en Madrid y que figuren de alta en el padrón del IVTM del Ayuntamiento de Madrid. Desde esta fecha, tampoco podrán acceder ni circular por la capital los vehículos A que no sean turismos (camiones, furgonetas, motocicletas y ciclomotores) y que hasta el 31 de diciembre de 2024 no tenían restricciones.
Los vehículos con clasificación B y C, Cero y ECO pueden entrar, estacionar y circular sin limitaciones (salvo las establecidas por Madrid Distrito Centro para los B y los C).